Soraya Sáenz de Santamaría ha defendido en el programa de laSexta ‘Al Rojo Vivo’ la misma idea fuerza que mantienen las principales voces de su partido desde que arrancó la campaña: que el resto de fuerzas faciliten o permitan que gobierne la candidatura que más votos obtenga el próximo domingo. La vicepresidenta en funciones aseguraba que, por primera vez para el Gobierno de la nación —no así, como ella misma apuntaba, en ayuntamientos y autonomías— “se está poniendo en duda esa costumbre constitucional de que en España, con más o menos mayoría, con mayoría absoluta, con mayoría más amplia o con mayoría menos amplia, al final formaba gobierno aquel que decían los españoles, aquel que era más votado”. Y añadía: “Si respetamos todos esa regla constitucional podremos formar un gobierno que España necesita cuanto antes”.
Si bien es cierto que en la historia de nuestra democracia siempre ha logrado formar gobierno la lista que más votos obtenía en la cita con las urnas, Santamaría argüía que ello se debe a una “costumbre constitucional” e incluso “una regla constitucional”, como añadió más tarde.
Nuestra Constitución recoge que España se configura como un sistema parlamentario, lo que quiere decir que el Gobierno es elegido por el Parlamento: logra formarlo el partido que más apoyos consiga. Por tanto, esa mayoría puede surgir directamente de las elecciones o de una coalición posterior. No ocurre así en un sistema presidencialista, donde el Poder Ejecutivo (Gobierno) y el Legislativo (Cortes) tienen un modo de elección diferenciada.
Así, no existe ninguna “regla constitucional”, como señalaba la vicepresidenta en funciones, que obligue a que forme gobierno el partido más votado. Al contrario, es la Carta Magna la que define que la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria (artículo 1.3).
Tal y como apunta el catedrático de Derecho Constitucional Germán Gómez Orfanel, hay una “convención o costumbre constitucional en que el partido más votado sea el invitado en primer lugar a intentar recibir la investidura, pero siempre que no exista otra alternativa más clara, por ejemplo que el segundo y el tercero tengan juntos mayoría absoluta y hubiesen manifestado su intención de apoyarse o formar un gobierno de coalición o mayoría suficiente para gobernar”.
La “costumbre constitucional”
Por otro lado, Santamaría también se refirió a una “costumbre constitucional”, lo que en el Derecho Constitucional se conoce como usos o prácticas habituales de los órganos constitucionales, nacidos de la vida política, que son capaces de generar una norma obligatoria para todos y completan la Constitución escrita (se convierten en una fuente del Derecho). Estaríamos hablando, por tanto, de un asunto que se estuviera estudiando en el Tribunal Constitucional. El profesor Antonio M. García Cuadrado señala que “en este sentido verdadero y propio no hay costumbres constitucionales en España”.
“Si se formase una mayoría parlamentaria que apoye a un candidato que no sea el de la lista más votada, nadie se atrevería a impugnar su nombramiento por el Rey como presidente del Gobierno alegando que existe en España una costumbre constitucional en contrario. Y si lo hiciera, de ninguna manera cabe esperar que tal demanda fuera atendida por el TC”, indica García Cuadrado. Para el profesor, las palabras de la vicepresidenta en funciones solo podrían entenderse en un sentido “político y no jurídico”. “Es como si dijera que hasta ahora ha sido siempre así”, indica.
Con todos estos datos, recuperamos las declaraciones de Soraya Sáenz de Santamaría sobre la “costumbre” o “regla constitucional” que obliga a que gobierne la lista más votada y podemos decir que es una afirmación FALSA.
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