Declaraciones a ARV

Javier Flores, sobre la compra del ático de Ayuso: "La Administración no la sometió a concurrencia pública; es el tipo de contrato que se utiliza para obras artísticas"

"Es una vivienda que, en ningún caso, puede cumplir la función de oficinas y en aquel momento no existía ningún documento que acredite justifiquen mínimamente lo razonable de esa explicación pública", ha argumentado el abogado en Al Rojo Vivo.

Flores dos

Durante la entrevista en Al Rojo Vivo sobre la compra del ático de Isabel Díaz Ayuso, el abogado Javier Flores ha explicado que se desmonta completamente el argumento de la prisa institucional: "Nos vendían al principio estas obras sí o sí tenían que hacerse, que tenían que buscar un lugar donde ubicarse de forma rápida".

"Bueno, rápidamente las fechas no cuadran. Las obras aparecen después de la compra. Concretamente, dos días después de anunciar a la venta lo que se adquiere. Además, es una vivienda que en ningún caso puede cumplir la función de oficinas y en aquel momento no existía ningún documento que acredite justifiquen mínimamente lo razonable de esa explicación pública", argumenta Flores.

A la pregunta de Inés García sobre cómo se ha publicado y se ha tramitado esa obra sin anuncio público y con solamente una oferta presentada, Flores explica que esto no es algo ilegal, "es algo que se hace en ciertas ocasiones cuando la administración necesita cierta agilidad o necesita específicamente contratar a alguien que solo esa persona pueda hacer este tipo de actuación".

"Lo que ha sucedido aquí es que la administración ha recurrido a este tipo de contratos en los que decide a quién invita y a quién propone realizar la actuación y no la ha sometido a concurrencia pública. Es decir, cuando consideramos que solamente ese artista lógicamente puede realizar esa esa obra de arte o no hay nadie más capacitado para realizarlo. Por eso se ha seguido este procedimiento", apunta el abogado.

Sobre si la compra del ático cumple los requisitos de un delito de prevaricación administrativa, Flores responde que no porque la prevaricación administrativa se soporta sobre un documento administrativo que hay que examinar, y aquí no hay documentos administrativos.

"En Planifica Madrid no hay resolución administrativa. Hay otro tipo de de decisiones que se hacen en el ámbito del derecho privado. Creo que es muy prematuro en este momento hablar de delito, pero lo que sí que se puede hablar, al menos si eso está claro, es de falta de transparencia, opacidad y una imposibilidad de las explicaciones que se están dando", destaca el abogado en Al Rojo Vivo.

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