El Gobierno ha ampliado la prórroga de la validez del certificado de inspección técnica periódica (ITV) de los vehículos cuya fecha de próxima inspección se encontrara comprendida durante el estado de alarma en 15 días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio de ese periodo hasta que se hubiera producido el vencimiento.

Según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), la orden entró en vigor el pasado sábado y se dicta con el objetivo de posibilitar la realización del "elevado número" de inspecciones técnicas periódicas de vehículos que han quedado pendientes tras la declaración del estado de alarma.

El pasado 6 de abril, se dictó la Orden SND/325/2020 por la que se prorrogaron los certificados de inspección técnica de vehículos hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

Ahora, según lo establecido por la Orden del Ministerio de Sanidad, los periodos para pasar la ITV serán escalonados. Así, los plazos dependerán de la fecha en la que haya caducado la ITV y se dará un periodo desde la finalización del estado de alarma para pasarla. Estos son los plazos según la fecha en la que haya caducado la inspección:

  • Semana 1: 14 a 20 de marzo: 30 días + 15 días adicionales (45 días)
  • Semana 2: 21 a 27 de marzo: 30 días + 2 periodos de 15 días (60 días)
  • Semana 3: 28 de marzo a 3 de abril: 30 días + 3 periodos de 15 días (75 días)
  • Semana 4: 4 al 10 de abril: 30 días + 4 periodos de 15 días (90 días)
  • Semana 5: 11 al 17 de abril: 30 días + 5 periodos de 15 días (105 días)
  • Semana 6: 18 al 24 de abril: 30 días + 6 periodos de 15 días (120 días)
  • Semana 7: 25 de abril al 1 de mayo: 30 días + 7 periodos de 15 días (135 días)
  • Semana 8: 2 al 8 de mayo: 30 días + 8 periodos de 15 días (150 días)
  • Semana 9: del 9 al 15 de mayo: 30 días + 9 periodos de 15 días (165 días)
  • Semana 10: 16 al 22 de mayo: 30 días + 10 periodos de 15 días (180 días)

Los anteriores periodos no se aplicarán a la validez de los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos agrícolas destinados a labores en el campo, que será prorrogada hasta el 10 de noviembre de 2020.

Una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas.