Fallo de la sentencia
Condenan a 180 años de prisión a un profesor de Navarra que grabó a 42 mujeres en baños y probadores
Los detalles La Audiencia de Navarra ha condenado al profesor del IES de Zizur que grabó a 42 mujeres en baños del centro, así como en probadores de establecimientos comerciales.

Resumen IA supervisado
La Audiencia de Navarra ha condenado a 180 años y 9 meses de prisión a un profesor del IES de Zizur por grabar a 42 mujeres en baños y probadores, aunque el cumplimiento efectivo será de 15 años. El docente también accedió ilegalmente a cuentas de redes sociales de alumnas, obteniendo fotos privadas. La denuncia de una vecina en octubre de 2023 desencadenó la investigación. El acusado admitió los delitos, considerados como continuados contra la intimidad. También deberá indemnizar a las víctimas con hasta 15.000 euros. La Audiencia rechazó varias atenuantes, pero aceptó la de reparación del daño.
* Resumen supervisado por periodistas.
La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a un total de 180 años y 9 meses de prisión al profesor del IES de Zizur (Navarra) que grabó a 42 mujeres en baños del centro, así como en probadores de establecimientos comerciales. Así lo ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, los magistrados indican que, de conformidad con el artículo 76 del Código Penal, el máximo de cumplimiento efectivo por las penas de prisión impuestas en esta causa es de 15 años, el triple de la pena más alta establecida.
Entre sus víctimas, estaba una vecina, quien, al percatarse de la cámara, interpuso en octubre de 2023 la denuncia que dio origen a la posterior investigación policial y judicial.
El acusado, según recoge la sentencia, también se aprovechó de su condición de docente y, usando los datos personales de las alumnas del instituto donde trabajaba, se apoderó de sus claves de acceso de correos y redes sociales como Instagram o Snapchat, con lo que accedía a todo tipo de archivos y fotos privadas que luego se guardaba.
Por su parte, la defensa admitió, durante el juicio, tanto las grabaciones como el acceso a las carpetas personales de las alumnas para obtener las imágenes. El condenado ha sido considerado autor, en total, de una cuarentena de delitos contra la intimidad, delitos continuados contra la intimidad, delitos de posesión de pornografía infantil y delitos de elaboración de pornografía infantil.
La pericial de los agentes fue "demoledora", según la Audiencia
El procesado deberá indemnizar con entre 3.000 y 15.000 euros a las 42 víctimas, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Navarra que recuerda que con anterioridad al juicio, celebrado los pasados 24 y 25 de marzo, el inculpado había consignado 273.000 euros para reparar a las denunciantes, motivo por el cual el tribunal ha estimado en la resolución judicial la atenuante de reparación del daño.
Entre sus víctimas, estaba una vecina, quien, al percatarse de la cámara, interpuso en octubre de 2023 la denuncia que dio origen a la posterior investigación policial y judicial.
Tras esta, el titular del Juzgado de Instrucción nº 4 de Pamplona autorizó el 19 de octubre la entrada y registro en el domicilio del encausado. Reconoció todos los delitos contra la intimidad, si bien abogó por la consideración de los mismos como delito continuado, una circunstancia que descarta de pleno la Audiencia, "ya que cada persona perjudicada es independiente de las demás y goza de plena titularidad de los derechos fundamentales violentados, en este caso su intimidad".
Por otra parte, la Audiencia resalta que la pericial de los agentes fue "demoledora" y desmontó la tesis de la defensa. Así señala que rebatió el acceso masivo a las cuentas y confirmó el acceso selectivo. También rechazó el inmediato borrado de los archivos, señalando que "prácticamente todos fueron conservados y no hubo que recuperarlos".
Además, añade la resolución judicial, tenía las contraseñas, lo que le garantizaba el acceso directo, total y libre, a las redes sociales de las menores. Los investigadores, asimismo, hallaron indicios de la posesión de un programa informático para poder utilizar la inteligencia artificial para conseguir fotografías desnudas con las menores.
Por su lado, y respecto a las atenuantes solicitadas por la defensa, la Audiencia rechaza las de trastorno mental, dilaciones indebidas y confesión.
En cambio, aprecia la de reparación del daño, una circunstancia que conlleva a los magistrados a la imposición de las penas en su límite mínimo. La Sección Primera de la Audiencia le ha impuesto, asimismo, 10 años de inhabilitación para cualquier profesión, oficio o actividad relacionada con menores de edad.
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