Reivindicación laboral

La Audiencia Nacional fija que los festivos que caigan en sábado deben compensarse con un día adicional de descanso

Los detalles A pesar de que la sentencia se ha realizado para los centros de atención al cliente, los sindicatos entienden que la resolución es extensible a todos los sectores. "Los 14 días festivos anuales deben disfrutarse plenamente", afirman en USO.

Fachada de la Audiencia NacionalFachada de la Audiencia NacionalAgencia EFE
Escucha esta noticia
0:00/0:00

La Audiencia Nacional ha fijado que los festivos que coincidan con el descanso semanal en sábado han de ser compensados con un día adicional de descanso, en una sentencia que responde al conflicto colectivo planteado contra el convenio del sector de los centros de atención al cliente.

Dan así la razón a los sindicatos USO, CGT, UGT y CCOO en sus diferentes demandas interpuestas contra la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), a las que se sumaron CIG, CSIF y STC.

La sentencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional declara no ajustada a derecho la práctica generalizada de las empresas del sector de 'contact center' de no compensar los días festivos laborales "cuando la prestación de servicios efectiva se produce de lunes a viernes o de lunes a sábado y el festivo coincide con sábado, estando ahí fijado su día de descanso semanal".

Además, declara el derecho de los trabajadores a que esos días festivos laborales "no sean absorbidos o neutralizados por el descanso semanal, reconociéndose la obligación empresarial de conceder un día adicional de descanso efectivo cuando se produzca la coincidencia o solapamiento entre ambos".

En ese sentido, USO ha señalado que la resolución, que entiende extensible a todos los sectores, "consolida de forma generalizada la doctrina judicial que impide que las empresas hagan desaparecer festivos mediante los cuadrantes de trabajo".

"Los 14 festivos anuales deben disfrutarse plenamente por todas las personas trabajadoras, independientemente de su jornada habitual", ha afirmado Sara García, secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO: "Ahora sí, tras la confusión de sentencias anteriores, será un derecho extendido a todas las personas trabajadoras, sin solapamientos ni recortes".

El Tribunal Supremo ya estableció en sentencia del 30 de abril de 2025 los criterios sobre el solapamiento del descanso semanal con un festivo, pero no especificó nada acerca de los sábados.

En el mismo texto, se declaraba que los trabajadores con jornada de lunes a domingo, con el descanso semanal establecido en día fijo entre el lunes y el viernes, tienen derecho a que cuando el descanso coincide con un festivo laboral se le compense y pueda disfrutar de otro día de descanso por ese día de fiesta.

*Añade laSexta como tu medio de referencia en Google y no te pierdas toda la actualidad y el mejor contenido