Una vez que Iñaki Urdangarin elija el centro penitenciario en el que quiera cumplir su condena, será la junta de tratamiento de ese centro el que decida en qué régimen deberá ser clasificado.

Esta clasificación dependerá de, entre otras cosas, si ha pagado las multas de responsabilidad civil, su conducta para reparar el daño causado, el número de años de condena o si tiene antecedentes penales.

Si fuera clasificado como un interno de tercer grado o semilibertad tan solo dormiría en un centro dependiente de Instituciones Penitenciaras de lunes a jueves de 20:30 horas a 8:30 horas, algo que algunos juristas considerarían un escándalo. "Si como primera calificación se le clasifica como tercer grado sería discriminatorio", señala Enrique Santiago, abogado.

Lo normal, dicen, es que ingrese en régimen de segundo grado y sólo podrá acceder a permisos cuando cumpla un cuarto de la condena, ahí disfrutará de 36 días de libertad al año. Para acceder a la condicional anticipada a petición del centro tendrá que alcanzar a las dos terceras partes y para solicitar la libertad condicional normal tendrá que alcanzar las tres cuartas partes. El futuro de Urdangarin está ahora en manos de lo que decidan en Instituciones Penitenciarias.