Enfado en Moncloa
Un juez, un presidente en democracia y un rey absolutista: Peinado compara a Sánchez con Fernando VII para procesar a Begoña Gómez
Los detalles Al justificar el procesamiento de Gómez por un delito de tráfico de influencias, el juez califica sus conductas como propias de "sistemas absolutistas".

Resumen IA supervisado
El juez Juan Carlos Peinado ha finalizado la instrucción del caso que involucra a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, proponiendo su juicio por delitos como tráfico de influencias y corrupción. Ha comparado a Pedro Sánchez con Fernando VII, sugiriendo que las acciones investigadas son más propias de regímenes absolutistas. Peinado argumenta que la influencia de Gómez podría haber facilitado la obtención de una cátedra. Aunque cerró la investigación, solicitó nuevas diligencias, lo que es inusual. También se procesará a Cristina Álvarez y Juan Carlos Barrabés, dando cinco días para que las partes respondan sobre el juicio oral.
* Resumen supervisado por periodistas.
El juez Juan Carlos Peinado ha dado por cerrada la instrucción de la causa y ha propuesto juzgar a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, por delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos y apropiación indebida. Además, ha provocado la indignación del Gobierno al comparar en su último auto a Pedro Sánchez con Fernando VII.
Conocido por sus excentricidades, el magistrado ha comparado así al presidente con el conocido como "el rey Felón", uno de los monarcas peor considerados de la historia de España. Derrocó a su padre, Carlos IV, y reinstauró el absolutismo.
La comparación responde a que, al analizar los indicios para procesar a Gómez por un presunto delito de tráfico de influencias en la obtención de una cátedra en la Universidad Complutense, el juez ha asegurado no haber encontrado precedentes similares en democracia. En el auto, el magistrado ha sostenido que este tipo de conductas resultan más propias de "sistemas absolutistas" que de un Estado democrático actual.
"Pues las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado, lo que obliga a tratar de analizar (quizás hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII) este tipo desde la perspectiva de una interpretación teleológica y hermenéutica de los citados artículos 428 y 429 del Código Penal", reza el texto.

Ha sostenido que, desde la llegada de Sánchez a la Presidencia del Gobierno, "se tomaron determinadas decisiones públicas" favorables a la cátedra y a su proyecto "que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional". Es decir, que su sola condición de "esposa de" pudo servir para influir, ha apuntado el magistrado.
¿Investigación cerrada?
Otro hecho destacado es que, al mismo tiempo que Peinado ha cerrado la investigación, ha pedido nuevas diligencias a una de las empresas que prestó servicios a la cátedra de Begoña Gómez. Concretamente, les ha solicitado una serie de facturas.
Se trata de una anomalía porque es contrario a lo que establece el artículo 27 de la Ley del Jurado, que indica que, si se dicta el auto de cierre de la investigación, es porque ya no hay más diligencias que sea necesario practicar. Otra singularidad de un juez que también pidió una tarima para interrogar al ministro de Justicia o que en una resolución dio por muerta a la propia Begoña Gómez.
El juez también continúa el procedimiento contra Cristina Álvarez, asesora de Gómez, por los mismos delitos y contra el empresario Juan Carlos Barrabés por los dos primeros. Ha dado un plazo de cinco días a las partes para que se pronuncien sobre la apertura de juicio oral, con un jurado popular, y presenten sus escritos de conclusiones.
*Sigue a laSexta en Google. Toda la actualidad y el mejor contenido aquí.