La magistrada Carmen López ha dictado esta sentencia un día después de celebrarse la vista judicial en la que Bárcenas solicitó que el partido le readmitiera o, de lo contrario, le indemnizara con 905.000 euros. El PP afirmó que su petición es extemporánea y que si le volviera a pagar se produciría un "enriquecimiento injusto" y su antiguo tesorero cobraría "dos veces".

La jueza da la razón a la formación presidida por Mariano Rajoy al entender que el exsenador 'popular' solicitó el reingreso al partido el 26 de marzo de 2015, es decir, "casi cinco años después de haber cesado en el cargo público".

"Y en consecuencia, la negativa de la empresa de fecha 22 de abril de 2015 al reingreso del actor por ser extemporánea es conforme a derecho y no constituye acto alguno de despido tácito; por lo que existe una clara falta de acción por parte del trabajador y procede a desestimar la demanda en su totalidad", señala la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).