La Fiscalía General del Estado ha planteado la necesidad de "revisar" la solicitud de responsabilidad civil subsidiaria de las congregaciones religiosas, colegios religiosos o cualquier otra institución religiosa ante casos de abusos sexuales a menores. El Ministerio Público recoge 147 casos de pederastia en la Iglesia: 61 diligencias de investigación que constan registradas en las fiscalías territoriales y 86 diligencias previas remitidas.

Así lo refleja la Memoria presentada al inicio del año judicial por el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz. Fuentes de la Fiscalía han precisado a Europa Press que lo que propone la FGE es que se pida la responsabilidad civil enlos casos de abusos sexuales a menores perpetrados por personas de una orden religiosa, un colegio religioso o cualquier otra institución religiosa, algo que hasta ahora no era habitual para estos casos.

La Fiscalía incide en la "necesidad de revisar la posible solicitud de responsabilidad civil subsidiaria de la Institución religiosa donde han tenido lugar los hechos constitutivos de delitos contra la libertad sexual a menores, conforme a lo dispuesto en el artículo 120.4 del Código Penal", señala el documento. Según el artículo 120.4 del Código Penal, "son también responsables civilmente, en defecto de los que lo sean criminalmente: las personas naturales o jurídicas dedicadas a cualquier género de industria o comercio, por los delitos que hayan cometido sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios".

Asimismo, la Fiscalía propone "valorar, cuando se den los elementos incriminadores necesarios, la extensión de la acusación a las posibles conductas encubridoras por parte de los representantes de las instituciones religiosas" y "de las que pueden dimanar tanto responsabilidades penales como civiles"; la solicitud de la inhabilitación profesional del acusado y "la determinación concreta de la indemnización" para la víctima "que ha de integrar los daños morales y las lesiones psíquicas".

La FGE solicitó a las fiscalías superiores, mediante oficio de 31 de enero de 2022, la identificación de los procedimientos penales en tramitación por delitos contra la libertad sexual cometidos contra menores de edaden el seno de congregaciones, colegios o cualquier otra institución religiosa. Además, el 17 de junio de 2022 recibió un escrito presentado en nombre de la Conferencia Episcopal Española, mediante el que se daba traslado de dos informes realizados por el periódico El País sobre casos de pederastia.

En este marco y por decreto de fecha 11 de julio de 2022, la FGE procedió a la incoación de un expediente de seguimiento en la Secretaría Técnica, para tomar conocimiento pleno del alcance de las investigaciones penales, para mantener la debida coordinación y unificar la actuación de la fiscalía en esta materia en todo el territorio nacional.

A la vista de los testimonios remitidos por las fiscalías territoriales, la Fiscalía concluye que se dispone de "datos muy parciales", una situación que achaca a "la dificultad de detectar estos procedimientos al no constar registro específico para estos supuestos en las aplicaciones de gestión procesal de los órganos judiciales" y al "acotado espacio temporal al que pertenece la documentación remitida", puesto que la mayor parte de los testimonios se refieren a procedimientos que tuvieron su origen en el año 2021 y 2022.

Se investigan 147 casos

En concreto, según los datos recopilados por la Fiscalía, de las 61 diligencias de investigación que constan registradas en las fiscalías territoriales, un 44% se incoaron en 2022, un 26% en 2021 y el 30% restante en años anteriores; mientras que, de las 86 diligencias previas remitidas, un 18% fueron incoadas en 2022, un 29% en 2021 y el 53% restante en años anteriores.

Además, los hechos tuvieron lugar en el 67% de los casos con posterioridad al año 2000 y en el 33% con anterioridad a 1990; y de las 20 sentencias remitidas de procedimientos judiciales finalizados, son condenatorias 19 de ellas, dos con conformidad del acusado y una, revocada en apelación. Por tanto, hay un 95% de condenas frente al 5% de absoluciones.

Del análisis de toda la documentación remitida por las fiscalías territoriales, la Fiscalía concluye que es necesario dar audiencia a las víctimas, y notificarles, en su caso, "de forma directa y comprensible" el decreto de archivo de las diligencias con la posibilidad de interponer denuncia ante el juzgado de instrucción.