Los ministros de Sanidad, Salvador Illa; Defensa, Margarita Robles; Interior, Fernando Grande-Marlaska; y Transportes, José Luis Ábalos, comparecen en rueda de prensa para hacer balance de la crisis del coronavirus y el estado de alarma decretado para frenarla.

Los ministros dan cuenta de la situación actual de la pandemia que ya se ha cobrado la vida de 288 personas en España, lo que supone un incremento de 152 respecto al mediodía de ayer sábado, mientras que los casos positivos se elevan a 7.753.

Lo hacen de forma telemática desde el Palacio de la Moncloa, al igual que hizo este sábado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras el Consejo de ministros extraordinario en el que se decretó el estado de alarma en todo el país durante 15 días.

El presidente del Gobierno informó en rueda de prensa de que los ministros de Defensa, Interior, Transportes y Sanidad tendrán competencias para actuar y dictar órdenes en todo el país frente a la pandemia de coronavirus bajo la dirección del propio Sánchez, durante el tiempo que se prolongue el estado de alarma.

Así figura en Real Decreto aprobado en el Consejo de Ministros en una reunión extraordinaria. El documento establece que mientras dure el estado de alarma, la Autoridad Competente será el Gobierno de España.

Para aplicar las medidas contenidas en el Real Decreto se nombró como autoridades delegadas, bajo la dirección del jefe del Ejecutivo, a los ministros de Defensa, Margarita Robles; Interior, Fernando Grande-Marlaska; Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Abalos, y Sanidad, Salvador Illa.

En aquellas áreas de responsabilidad que no recaigan en la competencia de alguno de los titulares anteriores, la autoridad competente delegada será el ministro de Sanidad. Estos cuatro miembros del Gobierno quedaron habilitados para dictar los acuerdos, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que sean necesarios para garantizar los correspondientes servicios en aras a proteger personas, bienes y lugares.

Requisas y prestación obligatoria de servicios

Esto incluye que puedan ordenar requisas temporales de todo tipo de bienes necesarios para el cumplimiento de los fines previstos en este real decreto, en particular para la prestación de los servicios de seguridad o de los operadores críticos y esenciales.

En los mismos términos, añade el decreto, "podrá imponerse la realización de prestaciones personales imprescindibles para la consecución de los fines perseguidos" con la declaración del estado de alarma.

Ahora bien, cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la Autoridad Competente, se precisa en el decreto.