La sentencia condena además al arquitecto municipal de Arroyo Buenaventura Conde como cooperador necesario de un delito de prevaricación y al representante del grupo inmobiliario Mahía, Ramón López, como inductor de un delito de prevaricación.

El fallo absuelve a otros dos encausados, María Iluminada M.F., quien fue apoderada de la misma inmobiliaria, y a José P.Z., quien fuera socio de Mahía, según la sentencia de la Audiencia vallisoletana notificada.

La vista oral por el conocido como "caso Arroyo", celebrado por la supuesta comisión de delitos vinculados con corrupción urbanística en esta localidad situada en el alfoz de la capital vallisoletana, se desarrolló el pasado julio por hechos acaecidos a raíz de que apareciera en esta población la empresa Mahía Grupo Inmobiliario S.L., en 1999.

La Audiencia condena en concreto a José Manuel Méndez Freijo por un delito de prevaricación a ocho años de inhabilitación especial para el empleo público o cargo público y por un delito de cohecho a tres años de cárcel, además del pago de una multa de 132.000 euros, mientras le absuelve de otro delito de prevaricación, otro de cohecho y uno de malversación de caudales públicos, de los que también había sido acusado.

El alcalde ha anunciado, tras conocer la sentencia, que recurrirá al Supremo el fallo, al tiempo que ha asegurado que no va a presentar su dimisión al frente del Consistorio arroyano.

Méndez ha reconocido que ni él ni su abogado esperaban una sentencia en este sentido, pero se ha mostrado convencido de que el Supremo, al que presentará un recurso en los próximos días, "corregirá" este fallo, ya que está totalmente seguro de la "legalidad" de la gestión que ha desarrollado al frente del Consistorio.

Por ello, José Manuel Méndez, independiente, ha aseverado que no presentará su dimisión como alcalde ya que los vecinos de Arroyo le "dieron un mandato" hasta 2015 y ha insistido en que la sentencia conocida no es firme y el Supremo corregirá el fallo de la Audiencia Provincial que le ha condenado.