Campaña de la renta

¿Hay deducciones para la declaración de la renta en 2026 por la compra de vehículos?

En algunas comunidades autónomas, incluso la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos también se puede incluir en la declaración. En otras, también se incluye la compra de bicicletas eléctricas.

Coches eléctricosCoches eléctricosEP

Todo listo en la Agencia Tributaria para el arranque de la campaña de la declaración de la renta, que comienza mañana, 8 de abril. A partir de este miércoles, los contribuyentes podrán presentar su declaración del IRPF de manera telemática, mientras que las presentaciones por vía telefónica o presencial se irán abriendo en los próximos días. Y de cara a ese momento, son muchos los que empiezan a pensar en las deducciones que pueden incluir en sus declaraciones.

Son muchas, y de hecho los expertos recuerdan que uno de los grandes fallos en la presentación de la renta es no comprobar si existen algunas deducciones autonómicas a las que podamos acogernos. Mientras que algunas regiones incluye, por ejemplo, deducciones por los gastos derivados de la práctica de deporte, otras tienen también gastos que se pueden desgravar relacionados con la compra de vehículos.

Asturias es una de ellas: el 15% de los gastos en la compra de coches eléctricos nuevos o kilómetro cero se puede incluir en la declaración de la renta siempre y cuando sea enchufable y de pila de combustible y que éste, además, no se encuentre "afecto al desarrollo de actividades económicas". Con el contrato de compraventa del vehículo, la base de la deducción máxima será de 50.000 euros por vehículo.

En La Rioja, donde también se pueden desgravar los gastos por realizar deporte, también se puede incluir el 15% de los gastos por compra de vehículos eléctricos nuevos, también no relacionados con la práctica profesional o empresarial y cuando el importe de la compra no supere los 50.000 euros. En este caso están incluidas también las bicicletas eléctricas o de pedaleo asistido por motor eléctrico. El importe máximo deducible es de 300 euros, salvo para las bicicletas, que será de 225 euros.

En el caso de la Comunidad Valenciana, la deducción es del 10% para la compra de vehículos eléctricos o bicicletas eléctricas también, siempre que la suma de la base liquidable general y del ahorro no supere los 30.000 euros en declaración individual o los 47.000 en declaración conjunta, y con una serie de bases máximas en función del tipo de vehículo.

Murcia también incluye esta deducción, con bases máximas diferentes por vehículo —45.000 euros para coches eléctricos, 10.000 para motocicletas y 3.000 euros, para ciclomotores— y también por porcentajes máximos en función del vehículo y de la base del contribuyente. No obstante, en la Región de Murcia también se pueden incluir deducciones por la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, del 100% con un máximo de 4.000 euros, siempre que se cumplan otros requisitos, como que el punto de recarga se encuentre en una finca propiedad del contribuyente, que los vehículos asociados a ese punto de instalación sean de uso personal y que se pueda justificar la inversión.

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