El Ayuntamiento de Madrid ha lanzado una ayuda al alquiler no exenta de polémica. El titular es que habrá quienreciba hasta 900 euros al mes como ayuda directa para pagar el alquiler. Pero ojo, porque hay letra pequeña. Si eres inquilino, te toca esperar un poquito para acceder a ella. Si eres propietario, puedes optar desde ya. Te explicamos los dos casos.

El último dato de viviendas vacías en Madrid del que disponemos es del año 2011. Según el INE, entonces había 153.000 pisos en los que no vivía nadie.La versión oficial del Ayuntamiento es que quiere sacar al mercado esas casas y por eso lanza esta ayuda.

¿A qué propietarios va destinada la ayuda?

A todos aquellos propietarios que tengan uno o hasta 5 pisos vacíos en Madrid capital desde hace más de nueve meses. Hay dos excepciones: que tu inquilino se haya ido a una residencia o que tuvieras pisos turísticos. Es esos casos el tiempo que lleve vacío da igual. Puedes optar a la ayuda.

¿En qué consiste?

Un tasador ajeno a la Empresa Municipal de la Vivienda visita tu casa. Ahí pueden pasar dos cosas:

¡Ojo! Aunque no pagues algunos impuestos, sí tendrás que incluir los beneficios en la declaración de la Renta

  • Que esté en buenas condiciones. En ese caso lo que hace es fijar un precio acorde al mercado. Si estás de acuerdo, se firma un contrato de usufructo de 4 años. Durante ese tiempo y desde el primer día, tú cobrarás haya alguien viviendo en tu casa o no. El IBI, además del impuesto derivado de la cesión del piso, o las averías del día a día, corren a cargo del Ayuntamiento de Madrid. Lo único que paga el propietario en esos 4 años son las posibles derramas.
  • Que tu piso necesite reformas. En ese caso, la Empresa Municipal de la Vivienda las hace (sí, puedes elegir el color de los baldosines dentro de un catálogo) y te descuenta el importe de la obra ,mes a mes, de lo que cobrarías del alquiler. Es, básicamente, una financiación de hasta 45.000 euros al 0% de interés.

¿Cuándo puedo solicitarla?

Ya mismo, aquí.

¿Cuándo empiezo a cobrar?

En cuanto cedes el piso, antes incluso de tener inquilino.

¿Y si al recuperar el piso veo que hay daños?

Si son causados por el desgaste propio del uso, lo asumes tú. Si se trata de vandalismo del inquilino, lo asume la EMVS.

Inquilinos: ocuparán las viviendas cedidas por los propietarios beneficiarios

La ayuda va destinada a personas empadronadas en Madrid desde hace más de 5 años que ganen más de 32.200 euros al año y menos de 88.200. SÍ, SÍ. Hay unos ingresos mínimos para acceder a esa ayuda. Además, tienes que ser menor de 35 años o mayor de 65. A no ser que cumplas otra de estas características, en cuyo caso la edad NO importa.

  • Tener una discapacidad igual o superior a un 33%
  • Tener una dependencia de grado II o III
  • Familias con hijos/as menores de 25 años dependientes económicamente o embarazadas
  • Familias con hijos/as dependientes económicamente a su cargo -cualquiera que sea su edad- con un grado de discapacidad igual o superior al 33%
  • Personas separadas o divorciadas, con hijos/as, que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio

Se tendrá en cuenta los ingresos brutos de la unidad familiar, así como el número de hijos

¿Cuándo puedo pedir la ayuda? El Ayuntamiento no da fechas cerradas, pero nos asegura que en cuanto tenga un parque de viviendas relevante.

¿De cuánto es la ayuda? Es una ayuda mensual directa de hasta 900 euros. Eso sí, al menos tendrás que asumir 450 euros de lo que cueste tu casa. Aquí te dejo una tabla para que te orientes a la hora de saber cuánto te toca en función de tu caso concreto.

Gano menos de 32.200 o tengo más de 35 años (pero no pareja e hijos), ¿qué ayudas tengo?

Pues... ayudas, ayudas, así económicas directas, ninguna. Es decir, a diferencia de los dos supuestos anteriores, si ganas poco y estás solo no te van a dar dinero para ayudarte a pagar. Pero nos hablan de dos opciones (mucho menos interesantes) para este perfil

El plan conFIANZA joven: Si eres menor de 35 años, el Ayuntamiento adelanta la fianza que te pida el casero (recordemos, fijada por el Ministerio de Vivienda en dos mese como máximo) y te da 24 meses para devolverla.

Puedes optar también a uno de los alquileres protegidos del Ayuntamiento. Son alquileres muy baratos que se dan por sorteo. Ahora mismo hay 27.000 demandantes y nos confirman que en febrero se sorteará una promoción de unas 300. ¡Suerte!

¿Quieres saber más? Todo sobre las ayudas al alquiler de la EMVS de Madrid, aquí.