La idea desde el Ministerio de Trabajo es simplificar y mejorar el nivel asistencial de protección por desempleo. Así proponen crear una nueva prestación que integrará a todas las existentes y que entraría en vigor en 2022. Alcanzaría los 452 euros, calculándose en base al 80% del Iprem, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), un índice empleado como referencia para la concesión de ayudas y subvenciones.
Así se recoge en el Plan de Recuperación enviado a Bruselas. La reforma va dirigida a sustituir el nivel asistencial de protección por desempleo, regulado en la Ley General de Seguridad Social y en los programas de Renta Activa de Inserción (RAI) y subsidio extraordinario por desempleo (SED), integrándolos en una nueva prestación, complementaria de la protección contributiva, que proteja la situación de transición al empleo.
En el texto se explica que se trataría de integrar en el subsidio ordinario por agotamiento las modalidades extraordinarias que se han ido creando en diferentes momentos. Asimismo, se apunta que esta integración se hará de forma coordinada con el desarrollo del Ingreso Mínimo Vital, que incluye el aumento de sus beneficiarios y el desarrollo de los itinerarios de inclusión.
Requisitos y duración
La naturaleza del nuevo subsidio será el de una prestación por desempleo, complementaria del nivel contributivo, vinculada a cotizaciones previas y financiada con cargo al presupuesto de las prestaciones por desempleo.
Para acceder a este subsidio, se exigirá la acreditación de carencia de rentas individuales y, en algunos casos, responsabilidades familiares y el compromiso y cumplimiento de un itinerario personalizado de empleo ante el servicio público de empleo competente.
La duración del mismo dependerá de la edad, circunstancias familiares y la duración de la prestación agotada, con el objetivo de ampliar el periodo máximo actual del subsidio ordinario, incorporando las prórrogas de los subsidios extraordinarios aún vigentes.
Según se señala en el Plan, la finalidad que persigue esta medida es la de ampliar la protección por desempleo, mejorando la cobertura al ampliar la duración de los subsidios y eliminar lagunas de desprotección de los programas actuales, pero también simplificar el funcionamiento del sistema, reduciendo el número de figuras para dar más claridad, seguridad jurídica y facilitar la gestión.
Además, se quiere vincular esta protección con el compromiso de seguimiento y realización de un itinerario personalizado de empleo y permitir que la prestación sirva de transición hacia la protección social cuando la persona beneficiaria no se reincorpore al mercado laboral y se encuentre en situación de vulnerabilidad.
El colectivo objeto de esta reforma es el de personas que agotan la prestación contributiva y continúan en situación de desempleo y personas que acreditan más de seis y menos de doce meses cotizados, de forma que no pueden acceder a la prestación contributiva. No obstante, el Ministerio de Trabajo deja claro en el texto del Plan que la definición de los cambios normativos va a ser abordada en la mesa del diálogo social con los agentes sociales.
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