Las nuevas normas deberían estar adoptadas el próximo jueves, 15 diciembre, con el objetivo de que las compañías de telefonía tengan tiempo de adaptarse a las nuevas condiciones antes de que se suprima el 'roaming' en junio de 2017. Los expertos de los Estados miembros votarán la propuesta de Bruselas este lunes, 12 de diciembre.
El Ejecutivo comunitario ha diseñado un nuevo documento para acotar el "uso justo" de las tarifas en itinerancia sin recargos y aclarar cuáles son las pruebas que las compañías podrán exigir a sus clientes, para que estos demuestren un "vínculo estable" con el Estado miembro a cuyas tarifas se acoge.
El operador tendrá que haber detectado un uso irregular del consumo de tarifa nacional durante al menos cuatro meses antes de iniciar el proceso contra un usuario por presunto "abuso".
El Ejecutivo comunitario ha explicado este periodo de observación mínimo como una garantía de que no habrá un escrutinio demasiado intrusivo de las actividades del usuario, ni peticiones de documentación.
Así, si la factura del cliente apunta que durante ese tiempo ha estado más en otro Estado miembro que en el propio o que ha consumido más datos durante sus viajes por la UE, entonces la empresa podría enviarle un "mensaje de alerta".
Esta alerta dará un plazo de 14 días al usuario para justificar su situación de viaje o modificar sus pautas de consumo. "Sólo se le podrá imponer una carga muy baja por itinerancia", ha advertido Bruselas, en el caso de que las explicaciones del usuario no sean satisfactorias.
La Unión Europea ha anunciado el fin de los recargos por comunicaciones en itinerancia a partir de junio de 2017, pero en la práctica prepara esta serie de límites para asegurar que "no se producen abusos o distorsiones" del mercado, ni que los consumidores sufren los efectos adversos de una subida de precios.