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NO HAY UNA NORMA ESPECÍFICA

¿Llevar pegatinas en el coche es motivo de multa?

Lo único que dice el Reglamento General de Circulación al respecto es que el conductor tiene que contar con una visibilidad diáfana.

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Igual que sucede con el calzado o con la ropa adecuada para conducir, dentro del reglamento no existe una norma específica que regule la presencia de adhesivos en el coche. Sí nos encontramos con algunos artículos que, a la hora de regular estos aspectos, hacen referencia a ello. Entonces, ¿nos pueden multar por llevar pegatinas en el coche? VER VÍDEO DE ARRIBA.

Con la normativa sobre la mesa, la decisión dependerá de la interpretación de los agentes. No obstante, debemos tener presente el Artículo 19.1 del Reglamento General de Circulación en el que se establece que “la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos”.

Por lo tanto, las pegatinas estarán permitidas en la carrocería, ventanillas o lunetas siempre que no limiten nuestra visibilidad. En el caso contrario podemos enfrentarnos a dos consecuencias. La primera de ellas es un resultado desfavorable en la Inspección Técnica del Vehículo (ITV) y en el segundo una multa cuya sanción económica puede ser de hasta 200 euros.

Las pegatinas autorizadas

Y es que las únicas pegatinas autorizadas por la Dirección General de Tráfico son las siguientes:

· ITV: este adhesivo debe ubicarse en el ángulo superior derecho del parabrisas porque este es el lugar que menos afecta a nuestra visibilidad del conductor. Eso sí, recuerda que sólo pueden llevar el de la última revisión y que decides no llevar ninguno la multa puede oscilar entre los 80 y los 100 euros.

· Distintivo medioambiental: no es obligatorio llevar la pegatina de la DGT, pero sí recomendable teniendo en cuenta las restricciones vigentes en determinadas localidades. Su lugar es la esquina inferior derecha del parabrisas delantero.

· Telepeaje: para colocar estos identificadores tenemos que seguir las correspondientes instrucciones teniendo siempre en cuenta que deben ir en la parte superior central del parabrisas.

Las pegatinas que sí están prohibidas

Al mismo tiempo, la DGT sí ha prohibido de forma expresa determinados adhesivos que pueden interferir en la seguridad vial del resto de actores presentes en la vía o en las labores de identificación de un vehículo

· Reflectantes o luminiscentes: su uso está vetado porque pueden disminuir la visibilidad del resto de vehículos.

· Competición: se considera que este tipo de adhesivos incitan a no respetar los límites de velocidad.

· Matrícula: están prohibidos porque impiden el registro del coche por parte de las autoridades o los radares. Aquí, no obstante, hay una excepción: los vehículos matriculados antes de 1998 no cuentan con el formato europeo así que pueden colocar una pegatina al lado de la placa para identificar al país.

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