UNA SITUACIÓN POCO HABITUAL

Conducir sin carnet es posible, pero sólo en un caso concreto (y no deberías hacerlo)

El carnet por puntos lleva con nosotros cerca de 20 años, pero aún hay detalles que los conductores desconocen. ¿Cuándo conducir sin carnet es legal?

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El carnet de conducir es, de facto, el documento que acredita la posesión de una licencia para manejar determinados tipos de vehículos a motor en vía pública. Este carnet, desde hace ya casi 20 años, es en España un carnet por puntos, mediante el cual cada conductor cuenta con un saldo determinado de puntos que va agotándose según el conductor va cometiendo infracciones, hasta el punto de llegar a agotar en su totalidad el saldo.

Somos varias decenas de conductores los que cada día circulan por nuestras carreteras, y una pequeña proporción de ellos lo hace sin carnet. Conducir sin carnet de conducir en vigor o hacerlo sin haber obtenido nunca la licencia es una de las infracciones más graves que puede cometer un conductor, hasta el punto de ser constitutivo de un delito de conducción sin carnet. Tanto es así, que la pena contemplada para este delito puede ser cualquiera de las siguientes:

  • Pena de prisión de 3 a 6 meses
  • Pena de multa de 12 a 24 meses
  • Pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días

Conducir sin carnet, ¿legal?

Sin embargo, lo que no mucha gente conoce es que hay un supuesto en el que conducir sin carnet no es un delito, ni siquiera una infracción aunque, eso sí, no es para nada recomendable llevar a cabo esta práctica. Estamos hablando de conducir tras haber agotado el saldo de puntos del carnet de conducir, una práctica que aparentemente es un comportamiento sancionable pero que “esconde” un pequeño secreto que permite seguir conduciendo.

Y es que hablamos del periodo comprendido entre la infracción que supone agotar el saldo de puntos y la notificación que el conductor recibe en el que se le informa que su saldo de puntos ha llegado a cero. Durante ese periodo de tiempo, en el que el conductor afectado ya no tiene puntos el carnet y por tanto de acuerdo a la ley ya no puede conducir, éste puede seguir usando su vehículo con normalidad siempre y cuando no haya recibido la notificación en la que se le informa de que ha agotado su saldo de puntos y, por tanto, ya no puede conducir. Cabe destacar que las autoridades pueden comprobar, en tiempo real, que la notificación ha sido entregada, por lo que utilizar este argumento como excusa si no es real no te servirá de nada.

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