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Nuevos límites de velocidad en ciudad

Carriles 30 (o 20): las multas a las que te enfrentas

Los nuevos límites de velocidad en vías urbanas han llegado para quedarse: ¿a qué multas te enfrentas?

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Las ciudades ya no son territorio prioritario para los coches: cada vez son más las corrientes que apuntan a una 'democratización' del espacio urbano para mejorar la convivencia entre los vehículos a motor y el resto de métodos de movilidad personal como el transporte público, la bicicleta o los vehículos de movilidad personal (VMP) como patinetes eléctricos.

La utilización de todos estos elementos de movilidad ha hecho que la DGT tome la decisión de reducir los límites de velocidad genéricos en vías urbanas, que pasan de 50 km/h a 30 km/h en cualquier vía urbana de un sólo carril. Además, las vías con plataforma única cuya acera y calzada se encuentran al mismo nivel verán su límite reducido aún más hasta los 20 km/h.

Con estos límites de velocidad, que entrarán en funcionamiento como muy tarde en seis meses, cambian también las multas que puede recibir un conductor en terreno urbano. De esta manera, a partir de ahora circular a 31 km/h constará como infracción leve en vías urbanas, suponiendo una multa de 100€ sin retirada de puntos (50€ con pronto pago).

Por si fuera poco, circular a 51 km/h será a partir de ahora motivo de retirada de puntos, ya que con la actualización de los límites de velocidad circular a esa velocidad se considera ya infracción grave, estando penada con 300€ y la retirada de 2 puntos del carnet de conducir. Este límite desciende hasta 41 km/h en vías con límite de 20 km/h, velocidad a partir de la cual veremos reducido nuestro saldo de puntos.

Las infracciones muy graves en ciudad quedan determinadas por circular a más de 71 km/h en vías de 20 km/h y por circular a más de 81 km/h en vías de 30 km/h. Éstas infracciones suponen, como mínimo, una multa de 600€ y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.

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