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Así lo recuerda la DGT: los consejos y normas para los peatones fuera de poblado

Si vas a transitar a pie fuera de poblado debes saber que existen una serie de normas y consejos que recuerda la DGT.

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Son muchas las ocasiones en las que abandonar el coche durante un minuto y estirar las piernas puede ser una buena idea, sobre todo en estos tiempos de pandemia que corren. Y es que aunque no está de más darnos ese rato de libertad y de ejercicio, no debemos olvidar que seguimos siendo responsables -y vulnerables- en este contexto, sobre todo si decidimos caminar fuera de poblado.Es por esto que la DGT recuerda las diferentes leyes que acontecen a los peatones en este contexto. VER VÍDEO.

Resulta mucho más sencillo reconocer por donde podemos caminar en ciudad, puesto que ya existen de por sí zonas habilitadas y marcadas para ello. Las aceras, los pasos de cebra y los semáforo se encargan de indicar que estamos en un contexto idílico para ello pero, ¿qué pasa cuando abandonamos la urbe y nos adentramos en zonas no tan habilitadas para los peatones?

Antes de nada es necesario recordar en que zonas tienen permitido transitar los peatones, dejando clara que las aceras de las ciudades es el principal lugar para ello. Y es que la propia legislación indica que la "parte de la vía elevada o delimitada de otra forma, está reservada a la circulación de peatones. Se incluye en esta definición la acera, el andén y el paseo”, pero hay más.

Y es que la DGT aprovecha para recordar que es recomendable caminar, a ser posible, por la acera de la derecha con relación al sentido de la marcha y por el centro de esta, pudiendo así reducir las posibilidades de atropello. En caso de que exista alguna calle sin acera, se debe caminar lo más pegado posible a la pared y siempre de cara al tráfico.

¿Puedo caminar por la carretera?

La ley es clara y establece que los peatones tan solo pueden transitar por la zona peatonal, y están autorizados a invadir la calzada para cruzarla. Sin embargo, en el mismo artículo 121 del Reglamento General de Circulación se recogen una serie de excepciones que atañen a la cuestión de si podemos caminar fuera de poblado o no.

En caso de que no exista zona peatonal o esta no sea practicable, los peatones podrán transitar “por el arcén, o en su defecto, por la calzada”. En otras palabras: sí podemos caminar por la carretera siempre y cuando se realice con seguridad. Además, el Artículo 49 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial indica que fuera de poblado debe realizarse la marcha por la izquierda y siempre de cara a los coches.

A su vez, debemos llevar un chaleco reflectante fuera de poblado, lo que facilitará a los vehículos que transitan por la carretera que nos vean. Siempre debemos hacerlo por el arcén si este existe y, como ya hemos mencionado, por la izquierda. Por supuesto, la transición de peatones por autopistas y autovías queda totalmente prohibida salvo en los casos y condiciones que reglamentariamente se determinen.

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