MULTA

200 euros de multa y 4 puntos del carnet por este gesto habitual pero prohibido por la DGT

A la hora de hablar de infracciones, solemos pensar en multas por exceso de velocidad o por aparcar incorrectamente. Sin embargo, hay ciertas normas de tráfico que muchos conductores tienden a olvidar.

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A la hora de hablar de infracciones de tráfico, muchos piensan en las multas que supone el exceso de velocidad o el aparcar incorrectamente. Sin embargo, hay una serie de normas establecidas por la DGT que muchos conductores tienden a olvidar con el paso del tiempo y que, no cumplirlas, no solo puede suponer una multa y la pérdida de puntos, sino también poner en peligro nuestra vida así como la de otros conductores.

Una práctica muy común y errónea entre los conductores se presenta con la parada injustificada. Muchos conductores creen que realizar una parada puntual sin una razón de peso no supone motivo de sanción. Sin embargo, esto supone una falta grave ya que con este simple gesto se entorpece la fluidez del tráfico.

Si realizamos una parada injustificada, es decir, una parada en un lugar inseguro que no esté habilitado para la parada, la DGT podrá multar al conductor con 200 euros y la retirada de cuatro puntos de carnet. ¿Qué debemos hacer en caso de necesitar parar el vehículo? Para estos casos, existen zonas de emergencia, una zona habilitada y preparada para parar el vehículo sin poner en peligro la vida de otros conductores.

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