Con los contagios por las nubes en plena sexta ola, se disparan también las bajas laborales por COVID-19 y las dudas al respecto. En el caso de esta enfermedad, se cobra el 75% del sueldo desde que se tramita, pero, según explica Cristina Almeida en Más Vale Tarde, la empresa puede complementar el 25% restante "si en el convenio de empresa está establecido".

"La mayoría de convenios cuando se contratan dicen que en caso de baja que tengan que cobrar desde el primer momento el 100% cuando es accidente laboral o enfermedad profesional, incluso aunque sea enfermedad común, lo puede pactar y cobrar el 100%", detalla la abogada laboralista.

"Si no, ahí se cobra el 75% del sueldo del último mes", señala Almeida, que explica que el COVID es "un híbrido entra la enfermedad profesional, el accidente de trabajo y la enfermedad común".

"Como se trata de una pandemia, ahora se ha acordado que sea como accidente de trabajo o enfermedad profesional y por lo tanto desde el primer día de la baja se paga, porque la enfermedad común los tres primeros días no se cobran, luego los siete días los paga la empresa... cada uno tiene su régimen", ha señalado.

"En este caso, se ha calificado el COVID como un accidente laboral, por lo tanto tiene derecho a cobrar el 75%", resume la abogada, que confirma que esto es así ante la dificultad de determinar dónde se ha contagiado el trabajador.

Además, ante la iniciativa de varias comunidades autónomas de tramitar de forma automática las bajas y altas de estos pacientes, la letrada ha señalado que "hoy, se puede pedir un alta y una baja cuando es para cinco días".

"Lo que pretenden y han hecho ya otras comunidades es que se pueda dar para siete días, que son los que tiene ahora la cuarentena, o bajar la cuarentena a los cinco y se puede tramitar al mismo tiempo". Puedes ver su explicación completa en el vídeo que ilustra estas líneas.