La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechaza el recurso de súplica interpuesto por los familiares de Arturo Ruiz, asesinado en 1977 durante una manifestación a favor de la amnistía, para que se investigue el caso acudiendo a la Ley de Memoria Democrática.

En el auto, al que ha tenido acceso laSexta, se considera que los recurrentes parten de dos presupuestos que no están acreditados en las actuaciones, y ello porque "aunque el procedimiento se haya seguido por asesinato terrorista y tenencia ilícita de armas, tampoco consta probado en autos, ni siquiera indiciariamente, que dicha muerte fuera debida o como consecuencia de la dictadura franquista a la que se refieren los recurrentes, y tampoco se ha hecho ningún pronunciamiento en el procedimiento acerca de este extremo".

Por lo tanto, entienden que, "una vez dictado auto de sobreseimiento definitivo que en su día quedó firme, no se puede volver de nuevo a abrir el proceso por los mismos hechos, pues ello iría en contra del principio constitucional de la seguridad jurídica, consagrado en el artículo 9 de la Constitución Española, que obliga a todos los poderes públicos".

El auto ha contado con el voto particular discrepante del magistrado José Ricardo de Prada, que defiende reabrir la causa contra el presunto autor del asesinato, José Ignacio Fernández Guaza, argumentando que la sentencia dictada contra uno de los autores (Cesarsky) calificaba los hechos como "terrorismo y tenencia ilícita de armas" y añadía que el hecho fue cometido por un "grupo criminal armado con conexiones con las fuerzas de seguridad del Estado", que tenía la "intención de obstaculizar el tránsito" hacia la Democracia y utilizaba para ello "el terror" y la "violencia política sistemática" para la "supervivencia de la dictadura franquista".

La sentencia, que data de 1978, expone que Ceransky acudió a la manifestación con una pistola semiautomática de la que no tenía licencia. Tras enfrentarse con algunos manifestantes y forcejear con la víctima por lanzar dos disparos al aire, disparó hacia los manifestantes alcanzándo a Arturo Ruíz.

Cerensy fue acusado de un delito de terrorismo y otro de tenencia ilícita de armas. Por el primer delito se le condenó a 17 años de prisión y por el segundo a otros cuatro. Además, tuvo que pagar un millón de pesetas a los herederos del joven asesinado.