Memoria Histórica

El Gobierno declara "ilegítima y nula" la condena a Xosé Humberto Baena, el último fusilado del franquismo

El contexto La dictadura acusó a Baena de ser el autor material del atentado en el que un policía perdió la vida en la calle Alenza de Madrid y le condenó a muerte basándose en de declaraciones autoinculpatorias obtenidas bajo torturas de la policía franquista.

Xosé Humberto Baena, el último fusilado del franquismo
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El Gobierno ha declarado "ilegítima y nula" la pena de muerte dictada en 1975 contra Xosé Humberto Baena Alonso, militante gallego del FRAP y considerado el último fusilado de la dictadura franquista al ser ejecutado dos meses antes del fallecimiento de Francisco Franco.

El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, ha enviado a la familia de Baena la "Declaración de Reconocimiento y Reparación Personal" que anula su sentencia.

El 27 de septiembre de 1975, la dictadura perpetró sus cinco últimas ejecuciones contra dos miembros de ETA y tres integrantes del FRAP que estaban acusados de terrorismo.

Sobre las 8:30 horas de aquel día fueron fusilados dos miembros de ETA, Ángel Otaegui en Burgos y Juan Paredes Manotas "Txiki", en Cerdanyola del Vallès (Barcelona). Una hora más tarde, fueron ejecutados en un campo de maniobras militares de Hoyo de Manzanares (Madrid) tres militantes del FRAP: Ramón García Sanz, José Luis Sánchez-Bravo y Xosé Humberto Baena Alonso, a quien se atribuye haber sido el último de los cinco en ser fusilado ese día.

La dictadura acusó a Baena de ser el autor material del atentado en el que un policía perdió la vida en la calle Alenza, en el barrio madrileño de Chamberí, pero el tribunal militar que lo juzgó no admitió pruebas ni testigos y dictó sentencia a partir de declaraciones autoinculpatorias de los acusados que se habían producido bajo tortura por la policía franquista.

Ahora, con la declaración remitida a la familia de Baena, el Gobierno da por hecho que "ha quedado acreditado" que Baena "padeció persecución por razones políticas e ideológicas durante la dictadura franquista". Asimismo, se afirma que esta víctima del franquismo "tiene derecho al reconocimiento y a obtener la reparación moral y la recuperación de su memoria personal, familiar y colectiva".

Como consecuencia, se declara "ilegítima y nula la condena, sanción o resolución dictada", ya que se produjo "por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra de España o durante la dictadura posterior".