Medidas excepcionales
El Gobierno aprueba el paquete de ayudas a los afectados por los incendios: cobrarán su sueldo íntegro aunque no puedan ir a trabajar
Los detalles Se podrán beneficiar quienes no puedan acceder a su vivienda debido a evacuaciones o restricciones, quienes deban realizar tareas imprescindibles en sus viviendas, trámites burocráticos derivados de la emergencia o atender a familiares.

Resumen IA supervisado
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que garantiza el cobro íntegro del sueldo a los trabajadores afectados por incendios forestales, mediante un paquete extraordinario de medidas. El decreto establece una prestación del SEPE para quienes deban suspender temporalmente su contrato por causas relacionadas con los incendios. Esta prestación corresponde al 70% de la base reguladora, sin exigir cotización mínima, y tiene una duración máxima de cuatro meses. Además, se amplía el permiso por fallecimiento relacionado con incendios a cinco días hábiles. Las medidas, con efectos retroactivos desde el 23 de julio, seguirán vigentes mientras persistan las causas.
* Resumen supervisado por periodistas.
Los trabajadores afectados por los incendios forestales cobrarán íntegramente su sueldo. Así lo ha acordado este martes el Consejo de Ministros, que ha dado luz verde al real decreto que pone en marcha un paquete extraordinario de medidas para proteger a las personas afectadas por los fuegos que han dado pie a la declaración de emergencia de interés nacional.
Este decreto pone en marcha una prestación extraordinaria del SEPE por emergencia extrema que estará destinada a personas trabajadoras que deban suspender temporalmente su contrato por causas directamente derivadas de los incendios. Se podrán beneficiar quienes no puedan acceder a su vivienda debido a evacuaciones o restricciones, quienes deban realizar tareas imprescindibles en sus viviendas, trámites burocráticos derivados de la emergencia o atender a familiares que se han visto afectados por los incendios.
Esta prestación equivaldrá al 70% de la base reguladora de cada trabajador, no exige un periodo mínimo de cotización y tiene una duración máxima de cuatro meses. Además, el decreto incorpora garantías adicionales para evitar perjuicios laborales derivados de la emergencia, es decir, cualquier despido o represalia derivado de acogerse a esos derechos será considerado nulo.
También se ampliará el permiso por fallecimiento para aquellos casos que tengan relación con el incendio. El permiso retribuido se amplía hasta los cinco días hábiles posteriores al sepelio, tanto para empleados como para trabajadores socios de cooperativas.
Aunque el decreto entrará en vigor este miércoles, las medidas recogidas en él tendrán efectos retroactivos desde el 23 de julio. Además, continuará aplicándose mientras persistan las causas que lo justifican, incluso después de la extinción de los incendios.