La Junta de Fiscales del Tribunal Supremo ha rechazado por mayoría el informe presentado por el fiscal del Supremo, Álvaro Redondo. Los fiscales del Supremo sí ven terrorismo en el 'caso Tsunami Democrátic' y consideran que hay indicios de delito en el expresident Carles Puigdemont y en Ruben Wagensberg. Tumban de esta forma el informe del fiscal del Tribunal Supremo Álvaro Redondo que no veía indicios para investigar por terrorismo al expresidente catalán y se alinean con el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón.

Tras una reunión que ha comenzado en torno a las 10.00 y ha durado cerca de cuatro horas, el criterio de la mayoría se ha impuesto provocando un vuelco en la postura de Fiscalía. Según ha podido avanzar laSexta, de los 15 fiscales que han participado en el cónclave, 11 han considerado que hay indicios suficientes para proceder contra Puigdemont y contra el diputado del Parlament Ruben Wagensberg (ambos aforados), mientras que 4 se han mostrado en contra. Con una mayoría aún más amplia, de 12 a 3, han resuelto que puede haber delitos de terrorismo.

Ahora, la número 2 de la Fiscalía, la progresista María de los Ángeles Sánchez-Conde, será la que realice el informe final. Es decir, se encargará ella de fijar el criterio unificado. Según ha podido saber laSexta, hay discrepancias entre los dos jefes de lo Penal del Supremo. Fidel Cadena sí ve terrorismo y Joaquín Sánchez-Covisa no lo ve. Un nuevo choque en lo judicial, ya que el fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, ha defendido que no había indicios suficientes contra Puigdemont, ni de terrorismo.

Dado que la labor de Sánchez-Conde es fijar una postura única, podría darse el caso de que rechace el criterio de los fiscales del Supremo y siga la argumentación de la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Es más, esta Fiscalía recurrió hace meses tanto la decisión del juez de dirigirse contra Puigdemont y Rovira, como la resolución en la que pedía al Supremo investigar al expresidente catalán al estar aforado como eurodiputado, ambas pendientes de resolución.

Una vez María de los Ángeles Sánchez-Conde emita el informe definitivo, se elevará a la Sala de lo Penal del alto tribunal, donde el magistrado Juan Ramón Berdugo será el encargado de estudiar el asunto para después argumentar ante los demás magistrados si procede o no dar curso a la exposición razonada firmada por García Castellón.

Álvaro Redondo defendía que no hay terrorismo ni concurren indicios racionales de criminalidad contra Puigdemont, por lo que solicitaba devolver la causa de Tsunami Democràtic al juez de la Audiencia Nacional para que continúe la instrucción. Redondo explicaba que los indicios de delito contra Puigdemont son "demasiado abiertos", por lo que no puede ser imputado, y que los hechos investigados en la causa no constituyen delitos de terrorismo sino, como mucho, desórdenes públicos agravados y daños. En su escrito, el fiscal repasa las acciones de Tsunami como el bloqueo del aeropuerto de el Prat y concluye que para que esos hechos sean calificados de terrorismo debe producirse un delito grave contra la libertad, lo que entiende que no ocurrió.

La polémica del cambio de criterio

Según ha explicado el propio Redondo en un comunicado en el que niega cualquier tipo de presión de la Fiscalía General para cambiar de criterio, el 24 de enero, un día después de caer en sus manos la exposición razonada de García Castellón por turno de reparto, elaboró "un primer borrador interno, como documento de trabajo, sin carácter de documento procesal". Fuentes fiscales explican a Europa Press que este "borrador" se basó en un estudio rápido del relato realizado por el instructor de 'Tsunami Democràtic', del que Redondo entendió que los controladores aéreos del Prat quedaron atrapados a causa de los disturbios desatados por la plataforma independentista.

En ese escenario, el fiscal razonó que podía tratarse de una detención ilegal, base suficiente para apuntar a delitos de terrorismo. Sin embargo, tras un "profundo y exhaustivo estudio de los complejos hechos" de la exposición razonada, el fiscal advirtió que en realidad los controladores aéreos pudieron salir, siendo el problema principal que los que llegaban ante el inicio de un nuevo turno de trabajo no pudieron entrar, por lo que consideró que ya no podía hablarse ni de detención ilegal ni, en consecuencia, de terrorismo.

Por eso, en su informe manifiesta que, aunque el "encierro" de los controladores aéreos y el bloqueo de pasajeros en el propio aeropuerto, por el cierre de las salidas "sin duda afectan al Derecho Humano de la libertad y a la integridad moral, no pueden ser consideradas como constitutivos de una detención ilegal, sino en todo caso de un delito de coacciones". "No se verifica la detención ilegal, por cuanto esta figura penal exige que el elemento subjetivo abarque la intención específica de encerrar al perjudicado. Si ello no es así, la única calificación jurídica posible es la propia de un delito de coacciones", ahonda.

Ya con esta segunda idea, elaboró el informe. El 30 de enero lo compartió con el fiscal general del Estado, Alvaro García Ortiz, que "se dio por enterado verbalmente", sin darle "ninguna instrucción". Tampoco consideró necesario recibir, "como le ofrecí, y era totalmente procedente, siquiera una copia de dicho borrador", relata Redondo en su comunicado.

"Esa misma mañana de martes, antes de las 10.00 horas, comuniqué a algunos compañeros, con ocasión de la junta semanal ordinaria de la sección penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, en la que estoy integrado desde hace 20 años, de modo informal, por cuanto la cuestión no entraba en el orden del día, que mi impresión jurídica no coincidía con la del magistrado instructor de la Audiencia Nacional en dicho punto", añade.

Por su parte, el fiscal general del Estado ha emitido su propio comunicado para negar "tajantemente" las "informaciones que afirman que ha influido en la decisión del citado fiscal". Cabe recordar que, una vez emitido el informe definitivo de la Fiscalía del Supremo, se elevará a la Sala de lo Penal del alto tribunal, donde el magistrado Juan Ramón Berdugo será el encargado de estudiar el asunto para después argumentar ante los demás magistrados si procede o no dar curso a la exposición razonada firmada por García Castellón.