"Inadmisible" mantenerla
El fiscal general pide al juez que archive su causa por revelación de secretos tras el "escaso" material "incriminatorio" encontrado
Los detalles En un escrito remitido al Tribunal Supremo, García Ortiz relata que "no existe constancia alguna" que difundiera a los medios de comunicación documentos reservados de la investigación a González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso.

La Abogacía del Estado, en representación del fiscal general, Álvaro García Ortiz, ha solicitado al juez del Tribunal Supremo, Ángel Hurtado, que archive la causa contra él por revelación de secretos tras la acusación de su supuesta filtración de información confidencial a medios de comunicación relativa a una oferta de conformidad penal de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, ante un presunto delito de fraude fiscal.
Según el escrito con la petición de sobreseimiento de la causa, al que ha tenido acceso laSexta, la defensa de García Ortiz asegura que, durante la fase de instrucción, "se ha obtenido un conjunto de material probatorio de descargo ante el que, ya no se generan dudas en equilibrio, sino ante el que palidece irremisíblemente el escaso acopio incriminatorio obtenido, dado el esfuerzo realizado".
Uno de los argumentos que esgrime García Ortiz para señalar que no hay hechos incriminatorios en su contra es que la información objeto de la polémica, la oferta de la defensa de González Amador ante un presunto fraude fiscal, "ya había sido conocida, transmitida y contrastada" por varios medios de comunicación antes de que el fiscal general accediera a la misma.
De hecho, uno de los ejemplos aportados en el escrito por la defensa es que laSexta publicó la información a las 22:10, mientras que él la recibió el expediente solo 11 minutos antes. Como explica, "no parece razonable pensar" que laSexta pudiera "recibir la información, verificarla, redactar el artículo correspondiente, someterlo a edición y maquetación y publicarlo en la página web" en un margen tan corto de tiempo.
Además, añade que "no existe ningún indicio que permita afirmar" contactos durante esos minutos que prueben que filtrase la información y que uno de los correos con información no le llegó "las 23:46 horas del 13 de marzo de 2024", resultando imposible que enviara con anterioridad dicho correo a algún periodista o medio de comunicación.
Como también recoge el documento, el fiscal general considera que el procedimiento contra él "obedece a una estrategia procesal cuidadosamente dirigida a presentar una versión deformada de los hechos". "La querella suprime de forma deliberada toda circunstancia que pudiera desmentir o matizar el relato incriminatorio que pretende sostener, presentando al querellante como un simple particular, cuando era una persona con notoriedad pública, derivada de su relación sentimental con la presidenta de la Comunidad de Madrid", añade.
Por todo ello, el escrito quiere demostrar la "plena diligencia" de Álvaro García Ortiz y considera "inadmisible" mantener la imputación ante la falta de material inculpatorio en su contra.
Justifica el borrado de datos
Por otro lado, la defensa de García Ortiz también explica que no se le puede atribuir una intención de borrar los datos de dichas informaciones investigadas de su teléfono móvil. "Puede afirmarse que el borrado en el terminal de mi patrocinado de los datos correspondientes a las fechas comprendidas entre el 8 y el 14 de marzo de 2024 se realizó con anterioridad al 16 de octubre de 2024. Es imposible determinar en qué fecha concreta, pero, habida cuenta de las rutinas del Fiscal General del Estado, posiblemente
fueran borrados al cabo de un mes, es decir, aproximadamente en el mes de abril de 2024", apunta.
De hecho, el fiscal general señala que "carece de cualquier tipo de sustento probatorio" asegurar que se han borrado intencionadamente pruebas el día que recibió la notificación Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre la causa.
"La declaración de nuestro representado en sede judicial es una clara explicación de esa sucesión de hechos, el por qué se borró y la legitimidad del borrado, tanto como particular como en su condición de Fiscal General del Estado", explican.