Por la malversación

El Constitucional admite a trámite el recurso de Puigdemont contra la decisión de no aplicarle la amnistía

El contexto El juez Llarena rechazó aplicar la amnistía al delito de malversación por el que están procesados tanto Puigdemont como los exconsellers Puig y Comín.

El presidente de JxCat, Carles Puigdemont.El presidente de JxCat, Carles Puigdemont.EFE/Pablo Garrigós
Escucha esta noticia
0:00/0:00

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes los recursos de amparo de Lluís Puig, Antoni Comín y Carles Puigdemont contra la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo que no les aplicó la ley de amnistía. Lo ha hecho, sin embargo, con el voto en contra de los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías.

En año pasado, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena rechazó aplicar la ley de amnistía al expresident y sus dos exconsellers, al considerar que esta medida no podía aplicarse al delito de malversación de caudales públicos por el están procesados. Una decisión que posteriormente confirmó la Sala de Apelación del Alto Tribunal.

La cuestión está en que, durante el trámite parlamentario de la ley de amnistía se incluyó que esta no se podría aplicar al delito de malversación cuando se hubiera actuado con un "propósito de beneficio personal de carácter patrimonial". Y el Supremo interpreta que los acusados se beneficiaron al haber usado fondos públicos, y no su propio patrimonio, para financiar el referéndum del 1 de octubre de 2017. Es decir, consideran que el no haber gastado su propio dinero constituye un beneficio personal.

Por otra parte, el Constitucional dio su aval este verano a la ley de amnistía, una norma que el Congreso había aprobado más de un año antes, por seis votos de la mayoría progresista frente a cuatro de la minoría de magistrados conservadores. El abogado del propio Puigdemont, Gonzalo Boyé, lo celebró entonces como "un gran éxito" y recordó que estaba preparando este recurso de amparo que ahora se ha admitido a trámite.

En una nota difundida este martes, se destaca que el Tribunal "aprecia que concurren en los recursos una especial trascendencia constitucional porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto y porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales". Por otra parte, el Constitucional rechaza la medida cautelarísima que pedía Puigdemont para suspender la orden de detención nacional que sigue pesando sobre él, al no apreciar "urgencia excepcional". En su lugar, se abre una pieza separada de medidas cautelares.

*Sigue a laSexta en Google. Toda la actualidad y el mejor contenido aquí.