CCOO ha lanzando la campaña "Que no te la jueguen" y pondrá a disposición de los trabajadores una web en la que introduciendo los diferentes epígrafes de la nómina podrán comprobar si se les ha aplicado correctamente la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2019.
Si cobras más de 900 euros puede ser que no te hayas dado cuenta de que a ti también te afecta la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 900 euros que el Gobierno aprobó este año y que entró en vigor el 1 de enero.
Esto se debe a que hay que tener en cuenta que lo que tiene que estar por encima de 900 euros no es el salario que cobras en conjunto, sino tu salario base, junto con las pagas extras u otras pagas y los complementos no causales, es decir, los complementos que perciben todos los trabajadores por igual en algunas compañías (por ejemplo, el 'plus de convenio').
Todo ello debe sumar, sí o sí, 900 euros en 14 pagas o 1.050 euros en 12 pagas. Si no es así, deberás reclamar la diferencia hasta que se alcance la cuantía establecida en el Real Decreto Ley (900 euros en 14 pagas).
¿Y qué pasa si además del salario base, más los complementos comunes a todos los empleados también percibes pluses específicos por tu puesto o categoría profesional? Que todos estos pluses se deben añadir a la cuantía anterior (salario base, pagas extras y complementos que perciben todos los empleados) y, por tanto, no deben compensar un posible salario base inferior a 900 euros. De hecho, las empresas no pueden mermar algunos de estos pluses para compensar la subida del SMI.
¿Qué refleja tu nómina?
Para saber si te han aplicado bien la subida del SMI deberás fijarte en tu nómina, donde verás que se incluye además del salario base y los pluses iguales para todos los empleados, aquellos complementos salariales recogidos en el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores, como son los complementos personales, entre los que destacan la antigüedad, los idiomas, títulos o discapacidad, entre otros.
Dentro de este apartado, también se integran los complementos por trabajo realizado (nocturnidad, turnicidad, asistencia, disponibilidad y domingos y festivos) o los complementos por los resultados de la empresa (primas productividad, participación en ingresos, participación en el capital o bonus).
Normalmente, este conjunto de complementos no cuentan a la hora de elevar el SMI a 900 euros, por lo que deberán añadirse a la suma del salario base, las pagas extras u otras pagas y a los complementos no causales, siempre y cuando el convenio colectivo de referencia no dicte lo contrario, ya que existen algunos convenios, aunque son los que menos, que establecen que estos complementos no se adhieren, sino que son absorbidos o compensados.
¿Y qué pasa con las dietas o los gastos de transporte?
Además, junto a estos complementos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, puede ser que cuentes con complementos extrasalariales, que tampoco deben tenerse en cuenta para establecer un salario por encima de 900 euros y que deberán sumarse al mismo. Estos pluses engloban retribuciones por los gastos como consecuencia de la actividad laboral, como dietas, vestuario o gastos de transporte.