Para algunos contribuyentes Hacienda no lo pone fácil a la hora de hacer la declaración de la renta. Este trámite de la Agencia Tributaria levanta muchas dudas entre los ciudadanos. Algunas se repiten cada año, otras van surgiendo con los nuevos cambios en la declaración.

Sin embargo, hay una duda clave que se repite cada año con la llegada del mes de marzo, fecha próxima a la apertura del plazo de la declaración de la renta.

¿Cuándo se hace la declaración de la renta?

El próximo 6 de abril se abrirá el plazo para presentar la declaración de la Renta, que se podrá tramitar hasta el 30 de junio de 2022. Desde ese momento, cualquier persona podrá presentar las declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de Internet. Sin embargo, hay varias formas de realizar la declaración (por teléfono, online o presencial) y cada una de ellas tiene unas fechas propias para el plazo límite de presentación a la Agencia Tributaria:

- En el caso de que se quiera hacer de forma telefónica, será posible desde 5 de mayo hasta el 30 junio.

- De forma presencial, en las propias oficinas de la Agencia Tributaria, el plazo es desde el 1 hasta el 30 de junio. En ambos casos será necesario contar con una cita previa.

- La campaña finaliza el 30 de junio, salvo para las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria deberán hacerlo tres días antes, es decir, hasta el lunes 27 de junio.

¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta?

Esta es una de las dudas más repetidas entre los ciudadanos españoles a la hora de enfrentaste a la declaración de la renta. En este sentido, las personas que tendrán que realizar la declaración de la renta son las siguientes, según marca la Agencia Tributaria:

- Los trabajadores que hayan cobrado 22.000 euros anuales o más.

- Quien tenga más de un pagador en el ejercicio 2021. De esta manera, el límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo y los restantes pagadores supera los 1.500 euros.

- Aquellos que perciban únicamente rendimientos íntegros del trabajo por encima de 14.000 euros anuales.

- Los trabajadores que perciban únicamente cantidades por encima de 14.000 euros anuales y sujetas a un tipo fijo de retención.

- Las personas que están en ERE y ERTE deberán presentar el IRPF al ser considerado otro pagador al margen de su empresa.

- Quienes hayan vendido acciones.

- Los que hayan vendido un inmueble durante 2021 o lo tengan alquilado.

- Los que hayan recibido subvenciones o ayudas.

- Quienes tengan ganancias y pérdidas patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta por encima de 1.600 euros anuales.

-Aquellos contribuyentes que tuvieran derecho a aplicar: el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual, la deducción por doble imposición internacional y la deducción por cuenta ahorro-empresa.

Por el contrario, no tendrán que realizar la declaración de la renta aquellas personas que hayan percibido menos de 22.000 euros en concepto de rendimientos del trabajo y cuenten con un sólo pagador no están obligadas a realizar este trámite. Si embargo, si es conveniente que la hagas para recuperar el dinero de tus retenciones. En el caso de tener dos pagadores o más (y el segundo supera los 1.500 euros) el límite está en 14.000 euros.

Si has conseguido menos de 1.600 euros con tus inversiones o tus cuentas corrientes, tampoco tienes que hacer la declaración. Ni si ha ganado menos de 1.000 euros con ganancias patrimoniales.

¿Cuáles son los cambios en la declaración de la renta de 2021?

A diferencia del 2020, este año existen varias novedades, como por ejemplo, la subida de impuestos para las rentas a partir de 300.000 euros y para los patrimonios de más de 10 millones. Estos son los cambios que incorpora la declaración de la renta de este abril:

- Aumento de dos puntos del tipo estatal que grava las rentas del trabajode más de 300.000 euros, hasta el 47%, y tres puntos para las rentas de capital de más de 200.000 euros, hasta el 26%. Esta novedad afectará a un número reducido de 36.194 contribuyentes (0,17%), con un impacto de 491,4 millones de euros (144 millones en 2021 y 346 millones en 2022), de acuerdo con las estimaciones del Ministerio de Hacienda recogidas por Europa Press.

- En 2021 se redujeron las desgravaciones de planes de pensiones privados individuales a 2.000 euros como aportación máxima pero, se elevó el límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) de 8.000 a 10.000 euros en los planes de empresa para potenciar las aportaciones empresariales y corregir la "regresividad" de estos beneficios, según señaló el Gobierno. La medida aportará una recaudación de 580 millones en 2022.

- El año pasado añadieron al Impuesto sobre el Patrimonio una alza del 1% para patrimonios de más de 10 millones de euros, hasta un tipo del 3,5%.

- La Agencia Tributaria ha aumentado la vigilancia sobre las inversiones en criptomonedas para evitar la evasión y el fraude fiscal: se debe reflejar en la declaración de la Renta este tipo de inversiones siempre que los ingresos obtenidos superen los 1.000 euros, tanto si se tienen en España como en el extranjero.

- Inclusión de un nuevo tramo que afecta a las rentas procedentes del ahorro. Las rentas del ahorro engloban los dividendos procedentes de acciones, las rentabilidades obtenidas por inversiones en fondos o los depósitos a plazo fijo, por ejemplo. Así, se ha incidido un cuarto tramo que afecta a aquellos que superen los 200.000 euros, a los que se les aplicará un tipo del 26%.

-El trámite de este 2021/2022 favorecerá a los afectados por la erupción del volcán de La Palma con la exención de tributar el IRPF. El Impuesto sobre el Patrimonio para aquellos que superen los 10 millones de euros también ha sufrido una variación: pasa del 2,5% al 3,5%.

¿Puede ayudarme alguien gratuitamente a hacer la declaración de la renta?

En el caso de que necesites ayuda para hacer la declaración de la renta pero no quieres pagar para que te la hagan, la Agencia Tributaria es la solución . El ente público puede ayudarte tanto de forma telefónica, a partir del 6 de mayo, como presencial, a partir del 2 de junio. Eso sí, para ello es muy importante que cojas cita previa.

¿Si he tenido doble pagador este año tendré que pagar más?

No necesariamente. El hecho de tener más de un pagador no supone una mayor tributación a Hacienda. En su caso, este hecho afecta a la obligación de presentar declaración y al importe de las retenciones que, en global te hayan practicado. Recordad que la retención es un mero pago a cuenta de la futura liquidación del impuesto.

¿Cómo sé si la renta me sale a devolver o a pagar?

Para comprobar el resultado de la declaración debes prestar atención al documento final que aparece una vez has presentado el trámite. Justo en el apartado de 'resultado de la declaración' podrás comprobar si te llevas una alegría o, si por el contrario, se toca apoquinar. En este sentido, hay que tener en cuenta que el resultado es ‘para Hacienda’. Es decir, si el resultado es es negativo (-), será la Agencia Tributaria quien deba devolver la cantidad que se exprese en el documento. En cambio, si el resultado es positivo (+), significa que es positivo para Hacienda, que ingresará el dinero pertinente y, por lo tanto, es al contribuyente al que le toca pagar.

Qué pasa cuando sale la renta con un símbolo de 'menos'

¿Cuándo cobraré si me sale la renta a devolver?

Si eres de los afortunados al que este año las cuentas de la renta le dan una alegría, es probable que recibas el ingreso de la Agencia Tributaria antes de 6 meses. Sin embargo, en el caso de que no sea así, el ingreso que recibas deberá ser algo mayor al esperado, pues te corresponden unos intereses por el tiempo que no has contado con ese dinero.