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Posibles consecuencias legales

¿Es responsable el portero del Andorra de la muerte del jugador del Tenerife?

El contexto La jueza de Tenerife que investiga el fallecimiento de Jesús de Miguel tendrá que determinar si hubo "agresión dolosa" o se trató de un "lance del juego".

Owono golpea a Jesús de Miguel en el Tenerife-Andorra
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La jueza de Santa Cruz que investiga ya el fallecimiento del jugador del Tenerife Jesús de Miguel tendrá que determinar en el procedimiento judicial que ha incoado este martes si el portero del Andorra Jesús Owono tiene algún tipo de responsabilidad legal, más allá de las posibles sanciones deportivas a las que podría enfrentarse, por estos hechos y si podría acabar imputado y eventualmente juzgado por la vía penal.

La clave del litigio, según se desprende de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, está en determinar si el fatídico choque entre los dos futbolistas responde a un lance del juego y, por tanto, fue una desgraciada acción fruto del azar y la mala suerte, o bien si existió algún tipo de intencionalidad en el guardameta del Andorra, lo que situaría su acción en el plano de la agresión dolosa.

Este tipo de conductas encajan en el artículo 142 del Código Penal, que persigue el homicidio por imprudencia grave y menos grave. En los casos más extremos, en los que esa acción causa la muerte de una persona, como sucedió en el estadio del Tenerife, el autor de la agresión puede enfrentarse a penas de entre uno y cuatro años de cárcel.

En España no existen condenas por homicidios imprudentes durante la práctica de una actividad deportiva, pero el Supremo ha establecido las características que tiene que tener una acción para ser considerada un lance del juego y, por tanto, estar exonerada de responsabilidad penal, y las que sí pueden ser perseguidas por tener un componente doloso.

Precedente en un partido de veteranos

En abril de 2025, la Sala Segunda del Supremo, con ponencia del magistrado Vicente Magro, confirmó una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó a seis años de prisión a un jugador de un equipo de veteranos del Marseme que, tras ser expulsado, volvió al campo y propinó una patada en el cuello a un contrincante, lo que le provocó una tetraparesia grave por la que tuvo que estar hospitalizado durante siete meses.

La sentencia argumenta que la agresión no se debió a "un lance del juego", sino que se produjo "fuera del encuentro deportivo", por lo que no encaja en el "riesgo permitido" al que se enfrenta todo aquel que participe en una competición deportiva.

El Supremo definió ese "riesgo permitido" de la siguiente manera: "Se asume sufrir una lesión, porque el deporte es una actividad del riesgo y en la gestión de ese riesgo está la asunción de la lesión como una consecuencia inherente a la práctica del deporte, pero no es riesgo permitido la agresión recibida por el contrario en una acción fuera del lance del juego, que queda fuera de la sanción deportiva y entra en el campo del derecho penal".

De esa forma, el Supremo establece que la participación en una competición "no exime de responsabilidad penal por agredir intencionadamente a un contrario", ya que, si hay intención de lesionar, una infracción deportiva puede convertirse en una agresión penalmente relevante.

Negligencia en la atención

La titular de la Plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santa Cruz de Tenerife, que ha asumido la investigación de los hechos, también tendrá que descartar si se produjo algún tipo de negligencia en la atención sanitaria de Jesús de Miguel y si los protocolos de seguridad funcionaron de manera adecuada para evitar su fallecimiento.

El futbolista fue atendido en el campo, donde únicamente entraron los auxiliares del Club Deportivo Tenerife; en la ambulancia, que no llegó a ingresar en el terreno de juego; y en el Hospital Nuestra Señora de Candelaria, donde falleció a primera hora de la mañana.

La jueza tomará estas primeras decisiones, que marcarán el destino de la investigación, a partir de los informes que está elaborando el Cuerpo Nacional de Policía y que recogerán todas las circunstancias en las que se produjeron los hechos investigados.

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