LEY

¿Puedes ir a la cárcel por negarte a realizar la prueba de alcoholemia?

Tanto la prueba de alcoholemia, como las pruebas para detectar diferentes sustancias, son métodos que los agentes utilizan en controles para confirmar si un conductor puede seguir circulando con total seguridad o si, por el contrario, debe desistir.

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Tanto la prueba de alcoholemia, como las pruebas para detectar diferentes sustancias, son métodos que los agentes utilizan en controles para confirmar si un conductor puede seguir circulando con total seguridad o si, por el contrario, debe desistir.

Los controles son obligatorios y negarse a realizarlos está penado por nuestro Código Penal. En concreto, en el artículo 383 se especifica que un conductor que se niegue a realizar dichas pruebas tras ser solicitadas por un agente de la autoridad, “será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

Aunque la ley es clara, ¿significa esto que un conductor que se niegue a realizarse la prueba irá siempre a la cárcel? No, en nuestro país se trata de una decisión del juez. En España, en una pena de prisión inferior a 2 años, el juez tiene la potestad de suspender su cumplimiento sólo si el condenado no tiene antecedentes penales.

No se trata de una medida obligatoria y aun sin antecedentes, el juez puede decidir igualmente que el condenado cumpla su periodo de cárcel, especialmente si ya dispone de condenas relacionadas con la seguridad del tráfico.

Bruselas propone carnet a los 17 y tasa cero

La Unión Europea ha trasladado una propuesta que implicaría cambios en la normativa vigente sobre el carnet de conducir y que afecta especialmente a los menores de edad.

Así, la primera de ellas pasa por imponer la tolerancia cero en el consumo de alcohol durante los dos años posteriores a la consecución del carnet de conducir: independientemente del vehículo que conduzcan.

La segunda aboga por comenzar su preparación antes: plantean la posibilidad de que hagan las pruebas y empiecen a conducir vehículos y camiones desde los 17 años, siempre que estén acompañados.

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