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DUDA QUE LA DGT TIENE QUE ACLARAR

¿Me puede multar un radar de tramo si estoy adelantando?

La Dirección General de Tráfico utiliza, cada vez de manera más habitual, radares de tramo con los que controlar la velocidad de los conductores.

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La presencia de radares en nuestras carreteras es algo ya completamente habitual y que los conductores han asumido como normal. No obstante, los radares forman parte ya del ecosistema vial desde hace décadas, adaptándose también a las necesidades y a las peculiaridades técnicas de los vehículos que, con el paso del tiempo, se van modernizando y actualizando.

En la actualidad existen numerosos radares y elementos capaces de detectar la velocidad a la que circula un vehículo. Así, a los habituales radares fijos que todos conocemos, debemos añadir otros también relativamente comunes como los radares móviles ubicados en vehículos o en trípodes, así como los helicópteros y los también cada vez más habituales radares de tramo.

Este último tipo, en realidad, no utiliza cinemómetros como tal sino que hace uso de diferentes cámaras al inicio y al final de un tramo controlado y medido, de manera que utilizando el tiempo transcurrido entre la entrada y la salida de tramo es capaz de calcular la velocidad media a la que el vehículo ha circulado y, por tanto, saber si ha sobrepasado o no el límite de velocidad.

¿Puede multar un radar de tramo si estás adelantando?

Seguro que conoces la norma que otorga 20 km/h extras para adelantar en carreteras convencionales en caso de necesidad. Ese margen está pesado para hacer más rápidos los adelantamientos, de manera que los vehículos invadan el carril contrario durante el menor tiempo posible. Un lector de la revista que la DGT publica regularmente ha planteado una duda muy razonable que, por otro lado, la Dirección General de Tráfico tiene que responder.

¿Qué sucede si dentro de ese tramo delimitado supero en 20 km/h la velocidad máxima porque he realizado al menos un adelantamiento? ¿Puedo ser multado por exceso de velocidad en ese caso? La DGT se ha apresurado a contestar y no tenemos buenas noticias para todos aquellos que les guste adelantar: "según el artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial, circular en un tramo a una velocidad media superior a la reglamentaria es motivo de infracción grave", de manera que sí, puedes recibir una multa por ello.

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