CON DIFERENCIA, LA MENOS VENTAJOSA

La polémica etiqueta A de la DGT que no sabías que podía tener tu coche

Desde el 1 de enero de 2024, se prohibe el acceso de los vehículos con esta clasificación medioambiental a todo el término municipal de la ciudad de Madrid, salvo algunas excepciones.

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En España, la inmensa mayoría de los conductores, especialmente si viven en grandes ciudades con Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) o restricciones en función de la polución del aire, saben que sus coches están identificados por la Dirección General de Tráfico mediante una clasificación medioambiental. Está queda físicamente representada a través pegatina circular que debe colocarse en el parabrisas del vehículo. Sin embargo, uno de estos distintivos es poco conocido. Se trata de la llamada etiqueta A de la DGT.

La clasificación A está, como las otras cuatro (B, C, ECO y CERO), oficialmente regulada desde 2018 en el Reglamento General de Vehículos. Sin embargo, no se le concede un adhesivo identificativo específico que deba ser instalado en el cristal delantero de los automóviles a los que corresponda. Estos todos los que llevan motor de gasolina y que han sido matriculados hasta el 31 de diciembre del año 1999 o todos lo que incorporan propulsor diésel matriculados hasta el 31 de diciembre de 2005.

Más allá de la primera venta o de la explicación práctica, el distintivo A corresponde en términos legales (o vinculantes) a todos los turismos y furgonetas ligeras de gasolina que no cuenten con una homologación, como mínimo, para la normativa de emisiones Euro III o los de gasóleo que no estén homologados, como mínimo, para la Euro IV. Esto se matiza ya que hay casos en los que un vehículo no recibe la etiqueta B, pero sí le corresponde (un fallo por parte de la DGT).

Contaminación a causa de las emisiones de los coches
Contaminación a causa de las emisiones de los coches | Getty Images

Ordenadas con base en las limitaciones a las que se enfrentan, sobre todo a la hora de acceder a las ZBE, la etiqueta CERO, que es la que luces todos los coches eléctricos o híbridos enchufables con más de 40 km de autonomía eléctrica homologada, es la más ventajosa. A continuación vendrían la ECO (generalmente híbridos o microhíbridos), luego la C (térmicos modernos sin hibridación) y finalmente la B (de combustión, pero algo más antiguos).

En último lugar, se encontraría esta hipotética quinta etiqueta, la cual representaría la clasificación medioambiental menos favorable en el entorno urbano. En otras palabras, es un distintivo que, sin tener un indicativo material como el resto, resulta el peor con diferencia, pues es el que más restricciones de circulación ha sufrido, sufre y sufrirá. Las repercusiones en cuanto al uso de automóviles sin asignación de una etiqueta física pueden llegar hasta la prohibición absoluta.

Por ejemplo, en Madrid, desde el 1 de enero de 2024, se impide el paso de cualquier vehículo “etiqueta A” en toda la extensión del municipio y no solo en la ZBE, el interior de la M-30 y la Plaza Elíptica, de manera que su conductor se expondrá a una multa en caso de moverse libremente por la capital española, salvo que cumpla con alguna de las excepciones dispuestas. La más habitual es que el propietario se registre como residente, pero ello tampoco le valdrá en 2025 (sólo si se matricula como histórico).

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