TAMBIÉN DEBERÁN TENER MATRÍCULA
Los patinetes eléctricos tendrán multas de hasta 1.000 euros en 2026 y seguro obligatorio
Los patinetes eléctricos serán considerados vehículos ligeros desde el 1 de enero de 2026, y eso quiere decir que tendrán nuevas obligaciones.

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Más de una vez has estado a punto de que se te lleve puesto uno de esos críos que bajan por la acera a toda leche, rozando a los peatones como si estuvieran en MotoGP y riéndose. Y si no, seguro que has visto a alguno cruzar en sentido contrario o meterse entre los coches con una alegría que ni Hamilton en Mónaco. Pues bien, ese uso del patinete eléctrico se ha terminado porque desde 2026 los patinetes eléctricos pasarán a estar regulados por la Ley de Seguros de Automóviles, y eso significa que por fin se los va a considerar vehículos personales ligeros (como si fuesen un ciclomotor) con todas sus consecuencias: seguro obligatorio y multas de hasta 1.000 euros para quien se pase de listo.
El auge de estos aparatos en las ciudades españolas fue tan rápido como caótico. De repente pasamos a tener sustos día sí, día también para los peatones. Lamentablemente incluso ha habido fallecidos por atropello. Al final era cuestión de tiempo que alguien pusiera orden, y será la Dirección General de Tráfico la que tendrá que crear un registro para tener los patinetes eléctricos de una vez por todas en el mismo saco que el resto de vehículos a motor con la reforma de la ley en vigor desde julio de 2025.

Presta atención si te desplazas en patinete, porque a partir del 2 de enero de 2026, los propietarios de patinetes eléctricos tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros tanto personales como materiales. El precio rondará entre los 20 y 100 euros al año según el tipo de póliza, y más te vale sacártelo, porque si decides jugártela sin él te puedes ir a casa con una multaza de 1.000 euros. En caso de tener un accidente con un patinete no asegurado, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien pague los daños, pero luego le reclamará la factura al propietario. Vamos, que lo barato saldrá caro.
Qué patinetes deberán asegurarse
No todos los modelos entran en la misma categoría, pero te conviene tenerlo claro antes de que te llegue la sanción. El seguro será obligatorio para los patinetes que cumplan estas características técnicas:
- Que sean vehículos de motor con una o más ruedas.
- Que alcancen entre 6 y 25 km/h si pesan menos de 25 kilos.
- O entre 6 y 14 km/h si superan ese peso.
Ojo, porque para que la contratación del seguro sea válida, el patinete deberá disponer de un certificado de circulación, estar inscrito en el Registro de Vehículos de la DGT y llevar matrícula identificativa. Sin esos tres elementos, no habrá manera de demostrar quién iba al mando cuando se monte el lío, pero si te pillan montando uno de esos, prepárate.
La normativa mantiene además otras obligaciones que ya estaban sobre la mesa, como el uso del casco, la ropa reflectante y que solo circule una persona por vehículo. Nada de ir dos subidos haciendo el payaso.

Una medida que llega tarde pero es muy necesaria
Era cuestión de tiempo que esto pasara, porque los patinetes son un invento práctico, sí, pero también un quebradero de cabeza para peatones y conductores cuando una parte de sus usuarios han abusado. Muchos agradecerán que, por fin, se ponga algo de cordura, porque la convivencia en las calles se había convertido en un campo de minas y los accidentes con peatones se habían disparado.
Ahora al menos habrá un responsable, una matrícula, un seguro detrás y una normativa clara. Que el que quiera circular lo haga, pero con cabeza, casco y póliza. Porque por muy pequeño que sea, un patinete sigue siendo un vehículo, no un juguete con el que los críos puedan hacer slalom entre abuelos y coches sin consecuencias. Antes de final de año tendrá que realizarse el registro según lo disponga la DGT, y habrá que tener listo el seguro y toda la documentación necesaria para estar circulando legalmente el 2 de enero.
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