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El nuevo límite ya es una realidad

La norma que podría anular miles de multas por el nuevo límite de 30 km/h

La llegada de los nuevos límites de velocidad al entorno urbano deja en entredicho la posibilidad de imponer miles de multas

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Los nuevos límites de velocidad ya son una realidad: el terreno urbano sigue su transformación, dejando menos espacio al vehículo privado para adaptarse a una nueva rutina, en la que los peatones y los vehículos de movilidad personal como las bicicletas o los patinetes ganan protagonismo. Por eso, y siguiendo también directrices europeas, la DGT ha estrenado esta semana sus nuevos límites de velocidad urbanos.

De esta manera el límite de velocidad genérico pasa de 50 km/h a 30 km/h, velocidad que se instaura así en el 80% de las calles de municipios españoles como la velocidad máxima a la que los vehículos a motor pueden circular. Con esta velocidad, según afirma Tráfico, la siniestralidad vial en terreno urbano debería descender de manera drástica.

De cualquier manera, la llegada de nuevos límites de velocidad genéricos siempre lleva aparejado un cambio muy importante que, si no se lleva a cabo a tiempo, puede desencadenar una cascada de multas anuladas y recursos de sanciones. Hablamos del cambio de señalización, como bien apuntaba hace unas jornadas el Director General de la DGT, Pere Navarro, es un cambio obligatorio que debe haberse hecho efectivo ya desde hace unas semanas.

La no adaptación de la señalización vial a la nueva normativa es un error administrativo que puede desembocar en la anulación de las primeras multas por exceso de velocidad que se hayan impuesto con el motivo del cambio del límite de velocidad. Durante estos días las diferentes policías locales y municipales del país están realizando una campaña especial de control de velocidad, de manera que los radares móviles están funcionando a pleno rendimiento para frenar a aquellos conductores que no se hayan enterado de la nueva velocidad a la que tenemos que circular en ciudad.

Y es que desde el pasado 11 de mayo, circular a 50 km/h en una calle de doble sentido con un sólo carril en cada dirección implica una sanción económica de 200€ como mínimo, así como la retirada de 2 puntos del carnet de conducir.

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