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Adiós a las leyendas sobre márgenes de error: La DGT explica a qué velocidad exacta salta el radar

La Guardia Civil y la Dirección General de Tráfico (DGT) han publicado en sus respectivas redes sociales, el margen de error exacto que se aplican en los radares cuando un conductor excede del límite de velocidad.

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La Guardia Civil y la Dirección General de Tráfico (DGT) han publicado a través de Twitter, han informado que los dispositivos están programados para captar a aquellos vehículos que excedan en más de 7 km/h la velocidad en carreteras cuyo límite es 100 km/h, si el máximo permitido de la vía es superior a 100km/h, la infracción se se aplicará a partir del 7% de velocidad excedida.

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En resumen, en las carreteras en las que se permite circular a 50, el radar no salta hasta los 58 km/h y así sucesivamente hasta vías donde la velocidad máxima es de 100km/h.

Sin embargo, en las vías en las que el límite de velocidad este fijado en 110 o 120km/h, el margen de error de los radares, será del 7%, de tal forma que en el primer caso la sanción no se aplicaría hasta alcanzar los 117,7 km/h y en el segundo hasta los 128,4 km/h.

Según recoge la asociación de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en base a la última normativa aprobada en 2010 los márgenes de error que se deben aplicar en los radares fijos debe ser de 5 km/h para velocidad iguales o inferiores a 100 km/h y del 5% caso de velocidades superiores.

En cambio en radares móviles, es de 7 km/h para velocidades iguales o inferiores a 100 km/h realizadas por instalaciones móviles o del 7% caso de velocidades superiores.

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