La Fiscalía del Tribunal Constitucional (TC) ha pedido que se rechace el recurso del PSOE contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de desestimar su petición de revisar unos 30.000 votos nulos de las elecciones generales del pasado 23 de julio en la provincia de Madrid y de anular la proclamación del dirigente del PP Carlos García Adanero como diputado electo.

En un escrito de 21 folios firmado el fiscal Pedro Crespo ha asegurado que los razonamientos que expone la sentencia del Supremo se ajustan a la doctrina que emana de la jurisprudencia constitucional.

La Fiscalía entiende que los razonamientos que expone la sentencia del Tribunal Supremo recurrida, y la conclusión desestimatoria que consecuentemente alcanza, "se ajustan a la doctrina que emana de la jurisprudencia constitucional citada en el presente escrito, incluida especialmente la que se desprende de la STC 159/2015", relativa al caso de los votos de IU en Extremadura.

Considera, asimismo, que dicha doctrina "no permite reconocer la existencia de un derecho incondicionado, basado en la mera voluntad manifestada de los interesados, a la revisión por las Juntas Electorales de los votos declarados nulos y no protestados, ni sostener que tal supuesto derecho forma parte del contenido esencial del derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos representativos (art. 23 CE)".

Por esa razón, el Ministerio Público entiende que la reseñada sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sala de Vacaciones) del Tribunal Supremo y las resoluciones de la administración electoral que convalida "no vulneraron el mencionado derecho fundamental".