El jurado popular del
juicio a Rodrigo Lanza por la muerte de Víctor Laínez ha declarado al acusado culpable de homicidio imprudente a pesar de la petición de la Fiscalía que
exigía una condena de 25 años de prisión por asesinato con agravante ideológico.
Pero, ¿qué diferencias
hay entre un homicidio imprudente y un asesinato? Aunque el resultado de ambas
es la muerte de una persona por la intervención de otra, las diferencias residen
en las circunstancias del hecho.
En el caso de un
homicidio, que aparece regulado en el artículo 138 del Código Penal, existen
dos tipos. En el primero, llamado homicidio doloso, el autor sí tiene intención
de matar a la otra persona.
En el segundo caso,
llamado homicidio involuntario, la muerte de la persona es provocada por un
acto imprudente del causante, es decir, un accidente, una negligencia o un
error de la persona provoca la muerte de otra.
El asesinato, en cambio,
está regulado por el artículo 139 del código penal, y se trata de un delito más
grave ya que intervienen varios supuestos como la alevosía, el ensañamiento y
la concurrencia de precio, recompensa o promesa.
La alevosía se da cuando
el asesino utiliza algún método para privar de defensa a la víctima como puede
ser actuar de noche o llevar a la víctima a algún lugar donde no pueda pedir
ayuda de terceros.
El ensañamiento se da
cuando el agresor produce un sufrimiento inhumano a la víctima que no es
necesario para acabar con su vida. Un ejemplo de este supuesto sería cuando el
autor apuñala a la víctima reiteradamente antes de morir para provocarle más
sufrimiento.
El tercer supuesto es la
concurrencia de precio: ésta se da cuando el asesino mata a una persona para
obtener una recompensa. Normalmente se da cuando el móvil del crimen es
económico.
Así, el jurado popular
que ha juzgado a Rodrigo Lanza le ha declarado culpable por "el hecho delictivo
de haber causado intencionadamente lesiones a Víctor Laínez con resultado no
buscado de muerte", es decir homicidio imprudente o involuntario.