A un periodista

Un juez expulsa cuatro años de las redes sociales al rapero Frankie Gee por amenazas e injurias

Los motivos La jueza declara probado que Frankie Gee emprendió durante año y medio, desde noviembre de 2021 hasta mayo de 2023, toda una campaña de insultos, ataques y amenazas contra Francisco Fajardo, periodista de tribunales de 'Canarias 7'.

Imagen de Frankie Gee en sus redes sociales.Imagen de Frankie Gee en sus redes sociales.Instagram de frankiegeedj

Un Juzgado de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a año y medio de cárcel al rapero Francisco Manuel González, Frankie Gee, por amenazar e injuriar a un periodista con expresiones homófobas, en una sentencia que le prohíbe durante cuatro años tener cuentas en Facebook, Instagram y YouTube, las tres redes sociales que utilizó en su acoso al informador. La sentencia del Juzgado de lo Penal número 4, a la que ha tenido a acceso laSexta, condena a Frankie Gee por quebrantamiento de medida cautelar también en relación con sus ataques al periodista especializado en tribunales, iniciados por publicar este un informe del fiscal que imputaba un delito de odio al artista.

La jueza declara probado que Frankie Gee emprendió durante año y medio (desde noviembre de 2021 hasta mayo de 2023) toda una campaña de insultos, ataques y amenazas contra este periodis Francisco Fajardo, periodista de tribunales de 'Canarias 7'.

Toda su campaña tuvo lugar en respuesta a que Fajardo había publicado en el periódico una noticia cierta, como era que la Fiscalía lo había denunciado por un delito de odio y pedía prisión para él por haber difundido, presuntamente, mensajes xenófobos contra los inmigrantes, acusación de la que luego Frankie Gee fue juzgado y absuelto. El rapero reaccionó difundiendo todo tipo de injurias en Facebook, Instagram y Youtube contra Fajardo, con mensajes en los que utilizaba de forma recurrente insultos y expresiones homófobas (como 'mariconazo', 'bujarrón', 'pajarón' o 'vete a que te den por el culo'), un detalle que la magistrada Pilar Verástegui tiene en cuenta en su fallo para aplicarle la agravante de odio. Además, llegó a proferir amenazas claras y concretas contra su integridad, como "te cortaría en mil pezados", "a cada cerdo le llega su San Martín" o "te voy a fundir los plomos y el recto".

Gee también le dedicó una canción con términos despectivos y dirigió ataques de odio contra una sobrina del informador que, en la época a la que aluden los hechos, concursaba en un programa de televisión de difusión nacional.

A pesar de que un juez le impuso como medida cautelar abstenerse de ponerse en contacto con Fajardo o mencionarlo en redes sociales (hecho que le ha valido la otra condena por quebrantamiento de orden judicial), Gee continuó con sus amenazas.

Así, las resoluciones judiciales responsabilizan al cantante del pago de una indemnización al periodista de 30.000 euros y otra de 3.000 euros para la familiar de este.

En la vista, el rapero intentó alegar que sus insultos y amenazas no iban dirigidos contra nadie en concreto y que actuaba "en legítima defensa". Sin embargo, la jueza le responde que los vídeos que han sido utilizados como prueba evidencian de forma clara que su objetivo eran el periodista y el medio para el que trabajaba. Sobre su segundo argumento, la jueza tampoco aprecia utilizarlo como eximiente ni atenuante.

Las sentencias absuelven al cantante de los delitos de calumnia continuada, coacciones e injuria que también le imputaba el querellante. Las resoluciones son susceptibles de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.