La polémica fiesta en un piso turístico en Madrid que acabó con la entrada de la Policía Nacional estuvo marcada por el cruce de insultos y acusaciones entre los asistentes cuando un grupo de ellos acusó a los demás de no dejarles abrir la puerta a los agentes.
En el inmueble, ubicado en el número 18 de la calle Lagasca, en el centro de Madrid, se venían celebrando fiestas nocturnas tres o cuatro días antes de la intervención, que se produjo el 21 de marzo a las 00.50 horas.
Es más, el día anterior, los agentes ya acudieron al mismo piso por el aviso de una fiesta ilegal aunque no les abrieron la puerta ni pudieron identificar a los asistentes. Con "migrañas" y cansados de "no dormir" la pareja que reside en el primer piso llamó a la Policía Nacional para que acudieran a desalojar, una vez más, la fiesta ilegal que se celebraba en el piso 2 número C.
Los agentes ya notaron desde las escaleras los gritos, las risas continuas y la música "excesivamente alta" que provenía del interior de la vivienda, de la que se comprobaba a "simple vista" que se trataba de un piso turístico, según relata el atestado al que ha tenido acceso Efe.
Los policías se ampararon en la orden dictada por la Comunidad de Madrid por la que se faculta a las policías locales a poder inspeccionar este tipo de alojamientos sin necesidad de tener una orden judicial para perseguir las fiestas ilegales.
Llamaron varias veces al timbre sin ningún éxito, se identificaron como policías, pidieron a los asistentes que se identificaran y avisaron a la Policía Municipal de Madrid para que realizaran una inspección del piso.
Ante la falta de respuestas, volvieron a pedir la documentación de estas personas de acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana (conocida como ley mordaza) y con los artículos 9 y 13 de esta normativa, haciendo referencia al "inmueble cerrado", donde se encontraban.
Los agentes personados escucharon que en el interior de la casa estaban hablando en un "tono muy bajo" como si se produjeran "discrepancias" entre grupos de los mismos. Tras varios minutos de espera los policías advirtieron que se estaba produciendo un "delito flagrante de desobediencia grave o resistencia" debido a la orden clara legítima de identificarse por lo que se estaba infringiendo el artículo 16.5 de la Ley de Seguridad Ciudadana.
Con esta normativa, debido a la "flagrancia delictiva", los agentes podrían acceder al interior y detener a los congregado. Al manipular la cerradura una de las asistentes dijo ser letrada y jurista, tener estudios de derecho. Advirtió a los agentes que "no es legal su intervención, que no tienen que identificarse amparados en encontrarse en un domicilio, que sin orden judicial no podían acceder al interior y que se marcharan del lugar o iban a perder su placa".
Los agentes, según dice en el atestado, informaron clara, cumplida y sobradamente a esta joven que su intervención estaba amparada en los artículos 16.1, 16.5, 9 y 13 de la Ley de Seguridad Ciudadana.
El "delito flagrante" de desobediencia posibilitaría la entrada de los mismos por autoridad, habilitados por el artículo 18 de la Constitución y el 553 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. A pesar de estas comunicaciones, la joven dijo ser opositora a abogada del Estado, conocer sobradamente la normativa y que no iba a abrir la puerta ni identificarse.
Ante esta situación, los agentes decidieron romper la puerta con un ariete "para hacer cumplir la ley", ya que a juicio de los policías se estaba produciendo un delito flagrante de desobediencia a agentes de la autoridad lo que habilitaba legítimamente la entrada en el interior.
Una vez en el interior los agentes localizaron a 14 personas, todas ellas sin mascarilla y alguna de ellas fumando y sin mantener la distancia de seguridad. Los agentes informaron verbalmente a todos los asistentes que estaban detenidos y tuvieron que sufrir una "continua y hostigante actitud de rebeldía" de la joven de 25 años que era abogada.
Sin embargo, cinco de los presentes afirmaron que "sí querían abrir la puerta a la policía e identificarse pero que el resto no les ha dejado", especialmente la abogada, a la que consideran "impulsora" de la conducta grupal. Con esta declaración la opositora a abogada del estado increpó a este grupo llamándolas "guarras, zorras y traidoras".
Finalmente los agentes practicaron 9 detenciones, de entre 28 y 19 años. Había cuatro españoles, tres jóvenes de Emiratos Árabes Unidos, uno de Reino Unido y otro de Arabia Saudi.
Al ser arrestada la joven abogada solicitó un habeas corpus para ser puesta de inmediato ante el juez de guardia al considerar que su detención era ilegal, pero el magistrado concluyó que la detención fue ajustada a derecho por un presunto delito de desobediencia grave a la autoridad.
Los policías cerraron el piso turístico e intentaron comunicar con su propietario, un hombre mexicano, con el que no pudieron hablar.
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