Hace poco más de tres años, seis policías federales y un penitenciario fueron sentenciados por la Justicia argentina a una pena de prisión de entre 7 y 16 años por abusar sexualmente de dos hermanas de 13 y 14 años en situación de desamparo para "desahogar su apetito sexual".

Ahora, según informa el diario Clarín, se confirma el comienzo del cumplimiento de estas condenas: los policías Sebastián Borfitz y Héctor Palavecino deberán cumplir una pena de 16 años de prisión cada uno, con el agravante de haber abusado de su autoridad por ser agentes de una fuerza de seguridad. Al agente Gustavo Salinas le fijaron una pena de 14 años, mientras que Mauricio Acevedo fue condenado a 12 y medio y su hermano Jorge, oficial del SPF, a 12. Héctor Martínez y Miguel Campero fueron condenados a 10 y 7 años de prisión, respectivamente, por los mismos abusos pero solo contra una de las víctimas.

En el momento de la comisión del delito, las menores vivían en la calle. Especialmente en el Parque Lezama donde las recogían para llevarlas a un edificio que el Cuerpo de la Policía Montada posee en Cavia 3302, en el barrio porteño de Palermo, y en una pensión para policías de la calle Warnes al 2100 en La Paternal.

La cita comenzaba cuando los policías llamaban por teléfono a las chicas para indicarles la hora y el lugar donde pasarían a buscarlas. En algunos casos, les daban dinero para cubrir 'los gastos de traslado'. Una vez llegaban a su destino, comenzaban los abusos: los seis agentes de la PFA y uno del Servicio Penitenciario Federal (SPF) violaban a las dos niñas de 13 y 14 años.

Según el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 17 porteño, el grave estado de vulnerabilidad de las dos hermanas era la baza que los condenados utilizaban para cometer los abusos y así no tener ningún riesgo de denuncia. El poder que los policías tenían por su mayoría de edad, así como su condición de funcionarios públicos también les facilitaba la comisión del delito. Una ventaja que estuvo presente hasta el día del juicio al acudir a éste en libertad.

Las defensas apelaron ante Casación la sentencia de los jueces Pablo Vega, Alejandro Nocetti Achaval y Juan Giudice Bravo. La falta de pruebas o la valoración errónea fueron algunos de los argumentos que la defensa utilizó en contra de la sentencia.

El informe de los peritos también fue cuestionado al señalar que evaluaron a las víctimas y encontraron contradicciones en los testimonios de las mismas. Varios de los imputados sostuvieron que las hermanas "iban por su cuenta" a verlos. En su contra, el juez Horacio Días alegó que las chicas no estaban en condiciones de consentir libremente los actos por "la situación de desamparo en la que se encontraban".

Fundamentos de Casación

El juez de Casación Horacio Días destacó, en el análisis de la sentencia, la unanimidad que hubo entre los peritos que intervinieron en "lo relativo a la veracidad de los relatos prestados por ambas querellantes, a la falta de influencia de terceras personas, a la ausencia de signos de fabulación, a la presencia de sintomatología compatible con el abuso sexual".

El juez explicó que, además del "estado de vulnerabilidad de las hermanas", también hubo amenazas, amedrentamiento y un aprovechamiento de la superioridad que tenían sobre las chicas, además del uso de armas en los encuentros sexuales.

"Los apodos de los autores de los hechos, los tatuajes en sus cuerpos, la descripción detallada de las dependencias policiales en las que habrían ocurrido los sucesos, circunstancias que sólo podían ser conocidas como consecuencia de haber vivido los hechos relatados", explicó en su voto el Juez de Casación Eugenio Sarrabayrouse quien defendió la credibilidad de los testimonios de las chicas.