La Audiencia de Granada ha confirmado la pena de cinco años de prisión para Juana Rivas por sustracción de menores, después de que hace dos veranos permaneciera un mes en paradero desconocido con sus dos hijos incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a entregárselos al padre, el italiano Franceso Arcuri.

En la sentencia, el tribunal estima parcialmente el recurso de Rivas en lo referido a la indemnización que debe abonar a su expareja por daño moral, que rebaja de 30.000 a 12.000 euros.

No obstante, mantiene "íntegros" los demás pronunciamientos de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 1 de Granada, incluyendo la privación de la patria potestad sobre los niños durante un periodo de seis años.

La Sección Primera de la Audiencia justifica su decisión en que Rivas cometió los dos delitos de sustracción de menores por los que fue condenada y rechaza su argumento de que existiera una causa justificada para no entregar a los pequeños, que ella atribuyó a una situación de "maltrato" y a la "necesidad de protegerlos".

A este respecto, el tribunal recalca que "por más que ella presente --a su expareja-- como un maltratador, no ha sido condenado por ello", pues la sentencia que se produjo en 2009 por lesiones en el ámbito familiar "fue cumplida y sus antecedentes penales han debido ser cancelados".

Junto a ello, recuerda que en el proceso no ha quedado justificada la existencia de peligro para los menores si regresaban con el padre a Italia, a la isla de Carloforte, donde tienen fijada su residencia habitual.

A lo largo de la sentencia, contra la que cabe recurso, la Audiencia explica que en esta causa se decide "exclusivamente" sobre la no entrega de los niños "pese a las resoluciones que así lo establecen, reteniendo a los menores, ocultos, sin que se supiera de su paradero", tampoco el padre, que ha ejercido la acusación particular en este proceso representado por el letrado Enrique Zambrano.

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