Un hombre acusado de una agresión sexual ha sido absuelto al estimar, entre otros motivos, que en el testimonio de la mujer denunciante se aprecia "frialdad" y falta de emoción a la hora de relatar los hechos.

La sentencia de la sección sexta de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife sí considera que la mujer mantuvo relaciones sexuales con el acusado en un aseo de un establecimiento de ocio en Playa de Las Américas. Sin embargo, no considera acreditado que esa relación no fuera consentida.

La denunciante afirmó en su relato ante la Policía y en la vista oral que cuando iba a salir del baño, el procesado la empujó hacia dentro, le tapó la boca para que no gritara, le subió el vestido, bajó su ropa interior y la penetró vaginalmente.

La sala señala que tras el examen forense no se detecta ninguna lesión que debería aparecer, "por leve que fuera", por el ejercicio de la violencia que la mujer describe. Además, señala que los hechos ocurrieron en el baño de una zona de ocio concurrida y que duraron entre cinco y diez minutos "durante los cuales, sorprendentemente, nadie entra en los mismos".

La sentencia indica que los hechos ocurrieron sobre las 3.30 horas y la testigo explica que se retiró al hotel entre las 6 o 7 de la mañana tras pasar por otros locales de ocio aunque, según testificó su amiga, no de fiesta sino intentando que se tranquilizara. Los hechos fueron denunciados a las 22.30 horas del mismo día, algo ante lo que el tribunal apunta: "No resulta congruente este comportamiento ante un hecho de la gravedad del descrito".

Además, la Audiencia aprecia en las declaraciones realizadas por la mujer "una frialdad, una ausencia de emociones en el relato de los hechos, no acordes con lo narrado, coincidiendo en este punto con el informe forense en el apartado emocional donde se señala: en general no se muestra muy afectada, llora un poco durante la exploración ginecológica". Todas estas circunstancias debilitan, en opinión de la sala, los parámetros de credibilidad de la testigo.

El acusado negó en primer lugar toda relación con los hechos, pero después los reconoció, si bien alegando que había sido sexo consentido. Explicó que en se negó a reconocer que había mantenido un encuentro sexual porque estaba casado y trabajaba en el local donde sucedieron los hechos.

La Fiscalía había calificado los hechos como constitutivos de un delito de agresión sexual y solicitaba una pena de ochos años de prisión para el acusado, así como seis años de libertad vigilada. El hombre estuvo en prisión preventiva desde el 9 de noviembre de 2018 hasta el 8 de octubre de 2019.