El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado la sentencia en la que la juez Mercedes Alaya condenó a seis meses de cárcel a la ex alcaldesa de Bormujos (Sevilla) Ana Hermoso (PP) por un delito de cohecho después de que el empresario Jesús Calvo Soria le regalara un bolso de Loewe en "agradecimiento" a su apoyo a la moción de censura consumada en 2005 para expulsar al PSOE de la Alcaldía y devolver el poder al independiente Baldomero Gaviño.

Justicia

En la sentencia, fechada el día 16 de enero, la Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal Andaluz estima de este modo el recurso presentado por el abogado de la acusada contra la sentencia que dictó la juez Mercedes Alaya, como magistrada de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla, tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular.

En este sentido, el TSJA considera que no se ha acreditado que la acusada apoyara la moción de censura del Ayuntamiento de Bormujos sobre la base de recibir un regalo de un bolso, por lo que la Sala entiende que la conducta de la acusada es constitutiva de un delito de cohecho del artículo 426 del Código Penal y no del 420, delito que habría prescrito, lo que comporta la extinción de la responsabilidad penal de Ana Hermoso y, por ello, su absolución.

Así, explica que en este caso hay que analizar si el voto de Ana Hermoso a favor de la moción de censura puede calificarse como "acto injusto", en cuyo caso es de aplicación el artículo 420 del Código Penal, o si ha de considerarse como un "acto no prohibido legalmente", en cuyo caso sería de aplicación el artículo 426, tal y como ha hecho finalmente.