Tribunales

El Supremo aplica por primera vez la amnistía y borra los delitos de ocho condenados por desórdenes públicos o desobediencia

El contexto Esta decisión se toma después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avalase la ley de amnistía, considerando que ni la malversación ni el terrorismo vulneran el ordenamiento europeo.

Imagen de archivo del exconseller Roger Torrent. Imagen de archivo del exconseller Roger Torrent.Europa Press
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha dictado varios autos por los que se declaran amnistiados los actos por los que fueron condenados un total de ocho acusados por delitos de desobediencia o de desórdenes públicos, y se declara extinguida su eventual responsabilidad penal como consecuencia de los mismos.

El Tribunal Suprema aplica así por primera vez la ley de amnistía impulsada por el Gobierno y sus socios independentistas para todos los encausados por el 'procés'.

Por un lado, ha acordado aplicarla a cuatro exdirigentes del Parlament de Cataluña, incluido su expresidente Roger Torrent, que fueron acusados de delito de desobediencia en el 'procés'.

A través de un auto, recogido por laSexta, la Sala de lo Penal "declara extinguida la eventual responsabilidad penal" de Torrent, Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado, que fueron miembros de la Mesa del Parlament catalán.

Los cuatro fueron absueltos por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) porque no se acreditó que incumplieran lo que había resuelto el Tribunal Constitucional en el momento de adoptar varios acuerdos en octubre y noviembre de 2019, "ni que fueran conscientes de ningún incumplimiento", indica el Supremo.

Concretamente, fueron juzgados por presunta desobediencia al tramitar resoluciones parlamentarias relacionadas con la autodeterminación y que reprobaban a la monarquía. La decisión del TSJ de Cataluña fue recurrida ante el Supremo y estaban en tramitación varios recursos, por lo que la absolución no era firme.

El alto tribunal indica ahora que los recursos "quedan sin objeto" y "procede declarar amnistiados los hechos que resultaron objeto del procedimiento, quedando extinguida cualquier clase de responsabilidad que por ellos pudiera haberse derivado para los acusados absueltos".

Además, el Supremo aplica en otro auto la amnistía al exalcalde de Sabadell (Barcelona) Maties Serracant, que fue condenado a una multa de 1.800 euros por un delito de desobediencia grave de resolución judicial por facilitar las instalaciones públicas de Sabadell para votar el día del referéndum ilegal.

También concede la medida de gracia a dos ciudadanos que, según los hechos probados recogidos en otro auto, participaron "lanzando piedras" en las protestas en octubre de 2019, cuando trascendió la sentencia al 'procés', por lo que fueron condenados a un año y medio de prisión por el delito de desórdenes públicos.

De igual manera, el alto tribunal aplica la amnistía en otro auto para un condenado a más de cuatro años de prisión por desórdenes públicos en protestas por la sentencia, ya que "lanzó piedras y botellas" contra agentes, "colaboró en el levantamiento de una barricada en el chaflán" y "avivó el fuego" que habían prendido personas no identificadas, todo ello parapetado con un pasamontañas, según los hechos probados.

Esta decisión de aplicar la amnistía se toma después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avalase dicha ley, considerando que ni la malversación ni el terrorismo vulneran el ordenamiento europeo.

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