Fraude fiscal

Los jueces del Supremo cierran la puerta a que el novio de Ayuso se beneficie de la condena a García Ortiz en sus causas por fraude

Entre líneas El Supremo considera "precipitado e infundado" alimentar la tesis de que los jueces que van a juzgar a González Amador no vayan a resolver el procedimiento de acuerdo a derecho.

Alberto González Amador durante su declaración en el Tribunal Supremo este martes.
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La sentencia al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, guarda un detalle importante dirigido al novio de Ayuso, Alberto González Amador. Los jueces del Tribunal Supremo cierran la puerta a que González Amador pueda aprovechar esta condena en su causa abierta por presunto fraude fiscal. Concretamente, niega que el correo filtrado pueda utilizarse para anular su imputación.

El novio de Ayuso está acusado por delitos contra la Hacienda pública, falsedad en documento mercantil, delito continuado contable y pertenencia a grupo criminal, y la Fiscalía le acusa de haber defraudado más de 350.000 euros durante los años 2020 y 2021.

A García Ortiz se le ha condenado por la filtración de varios correos de esta causa. Concretamente, unos mensajes intercambiados entre la defensa de González Amador y el Ministerio Público en los que su abogado pedía un acuerdo de conformidad.

El pasado noviembre, la Audiencia Provincial de Madrid confirmó el procesamiento del novio de Ayuso tras rechazar su recurso de apelación.

En este sentido, la sentencia del Tribunal Supremo a García Ortiz indica que, efectivamente, la defensa de González Amador se vio vulnerada por esa filtración. Al mismo tiempo, considera que es "precipitado e infundado" alimentar la tesis de que los jueces que van a tener que juzgarle por fraude fiscal no vayan a resolver el procedimiento de acuerdo a derecho.

Apunta además que con toda probabilidad esos jueces no permitirán que se incluya ese correo indebidamente difundido como prueba en ese procedimiento, por lo que González Amador sería juzgado por esos delitos de fraude fiscal y falsedad sin tener en cuenta la filtración que se produjo con posterioridad.

"Desde luego, no tenemos motivo alguno para albergar dudas sobre la profesionalidad de ningún magistrado y su capacidad de ahuyentar, a la hora de enjuiciar, elementos que han de ser expulsados del cuadro probatorio, ateniéndose estricta y exclusivamente a las pruebas practicadas ante su presencia con todas las garantías", reza el texto.

Añade que si González Amador "quiere obtener algún rendimiento defensivo de este proceso de cara al que se sigue contra él, basta y sobra, con estas consideraciones, por lo demás innecesarias, pues cualquier Juez o Tribunal comprende con facilidad que no puede valorar en un proceso penal unas conversaciones confidenciales encaminadas a una conformidad cuando no se llega a un acuerdo".

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