La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha anunciado que el Ejecutivo recurrirá ante el Tribunal Constitucional la decisión del presidente del Parlament, Roger Torrent, de proponer a Carles Puigdemont como candidato a ser investido presidente de la Generalitat.
El jefe del Ejecutivo, Mariano Rajoy, ha firmado esta mañana la decisión de solicitar un informe al Consejo de Estado con este fin de impugnar la decisión de Torrent de proponer como candidato a Puigdemont, ha explicado la vicepresidenta en rueda de prensa.
Sáenz de Santamaría ha comparecido en el Palacio de la Moncloa el mismo día en el que Torrent decide si el pleno de investidura se celebrará el 30 de enero, como era su idea, o bien el 31, como ha pedido en solitario JxCat. Torrent se reunió en Bruselas con Puigdemont, a quien propuso como candidato a ser investido presidente de la Generalitat.
La interposición de este recurso conllevaría la suspensión de esa decisión, en invocación del artículo 161.2 de la Constitución. "El señor Torrent no puede proponer como candidato al señor Puigdemont. Puede proponer a otro", ha aclarado la vicepresidenta, que ha subrayado que el estatus jurídico actual de Puigdemont es "incompatible" con su comparecencia personal en la Cámara, con una orden de detención que debe hacerse efectiva tan pronto como entre en territorio español.
Un argumento jurídico que se pone de manifiesto "fácticamente" en la circunstancia "insólita" de que Torrent tuvo que evacuar consultas con Puigdemont "ni más ni menos que en Bruselas y no en el lugar donde se han efectuado ese tipo de reuniones y se ha convocado al resto de diputados o portavoces de grupos", la sede del Parlament, ha añadido la vicepresidenta.
Ese es uno de los elementos que han pedido en el informe al Consejo de Estado, para, si es positivo, "interponer inmediatamente ese escrito de impugnación".
Además, se ha hecho también una consulta potestativa al Consejo de Estado para que informe sobre una serie de extremos, entre otros dictaminar si un candidato que no está presente en la Cámara puede ser investido sin su presencia y sobre la hipotética aceptación del voto delegado de los diputados que se encuentran fuera de territorio nacional.