Tribunales

La Audiencia Provincial de Madrid condena a Santiago Royuela por intromisión ilegítima al honor de Ana Pastor

El contexto Durante uno de sus directos en 'Youtube', Royuela aseguró que Ana Pastor había cometido "una serie de delitos" tales como "haber recibido dinero negro del gobierno español a cambio de ofrecer a través de sus medios de comunicación información sesgada e incluso alejada de la realidad".

Santiago Royuela en una imagen de archivo
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La Audiencia Provincial Civil de Madrid ha estimado parcialmente el recurso de Ana Pastor contra Santiago Royuela por intromisión ilegítima al honor de la periodista por las "graves imputaciones" que realizó en una de sus retransmisiones en Youtube y le ha condenado a borrar todos los vídeos objeto de la denuncia donde se haya vulnerado el honor de la periodista, así como al pago de una multa de 8.000 euros.

Durante una retransmisión en su canal, Royuela aseguró sin pruebas que Ana Pastor había cometido "una serie de delitos" como "haber recibido dinero negro del gobierno español a cambio de ofrecer a través de sus medios de comunicación información sesgada e incluso alejada de la realidad, o de tener cuentas bancarias en paraísos fiscales".

Según la sentencia, estas afirmaciones las reprodujo sin ningún tipo de averiguación "ni la más mínima diligencia" para contrastar su veracidad. Y, siendo falsas e infundadas, supusieron un "desprestigio público" de la periodista.

El texto recoge que Royuela vertió "graves imputaciones" contra Ana Pastor con la intención de "desprestigiarla personal y profesionalmente". Durante la retrasmisión en las que las reprodujo también se encontraba el exjuez Fernando Presencia, a quien la Audiencia Provincial ha evitado condenar al considerar que fue Royuela quien realizó estas afirmaciones mientras él se limitó a no contradecirlas.

La condena a Royuela consiste en eliminar de su canal de Youtube todos los vídeos objeto de la denuncia en los que se haya vulnerado el honor de Ana Pastor y al pago de 8.000 euros y las costas por dicha vulneración.

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