artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario
La Audiencia Nacional acepta la semilibertad para el etarra Vicario Setién
Los detalles Está condenado a más de 265 años de prisión, con un límite de 30 años, por delitos de asesinato, estragos, atentados, explosivos o terrorismo y cumpliría los dos tercios de su condena en 2029.

Resumen IA supervisado
La Audiencia Nacional ha concedido el régimen de semilibertad al preso de ETA Gregorio Vicario Setién, aplicando el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Vicario Setién, condenado por secuestros y otros delitos, está internado en el centro penitenciario de Basauri. En enero, el Gobierno Vasco le otorgó este régimen, que permite trabajar fuera de prisión entre semana, pero en marzo fue denegado por la jueza Reyes Jimeno. La defensa apeló y ahora la Audiencia ha aceptado la solicitud. Vicario Setién cumple una condena de más de 265 años, con un máximo de 30 años, y cumpliría dos tercios en 2029.
* Resumen supervisado por periodistas.
La Audiencia Nacional ha aceptado otorgar el régimen de semilibertad, en aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, al preso de ETA Gregorio Vicario Setién, condenado, entre otras acciones, por los secuestros del empresario Cosme Delclaux y del industrial José María Aldaya.
El auto de aceptación ha llegado al centro penitenciario de Basauri, donde se halla interno, según han informado fuentes del Gobierno Vasco.
El ejecutivo autónomo concedió en enero el 100.2 -que permite salir de la cárcel entre semana para trabajar- a este preso, pero en marzo, la jueza de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal Central de Instancia, Reyes Jimeno, lo denegó.
La defensa de Vicario Setién recurrió la decisión de la juez y pidió la aplicación del artículo 100.2., y ahora la Audiencia Nacional se lo ha concedido.
Vicario Setién está condenado a más de 265 años de prisión, con un límite de 30 años, por delitos de asesinato, estragos, atentados, explosivos o terrorismo y cumpliría los dos tercios de su condena en 2029.