"Gran amanenaza a la salud pública"
México prohíbe publicitar, producir o distribuir vapeadores y cigarrillos electrónicos con penas de hasta ocho años de cárcel
Sí, pero A los usuarios que los consuman no se les sancionará, aunque sí que se les podrá apercibir. La norma recoge que esto quedará "jurídicamente blindado" y que "no constituye violación alguna".

Resumen IA supervisado
La Cámara de Diputados de México ha aprobado reformas a la Ley General de Salud que prohíben la comercialización y publicidad de vapeadores y cigarrillos electrónicos en todo el país, considerándolos una amenaza para la salud pública. La nueva norma impone sanciones de uno a ocho años de cárcel y multas significativas para quienes produzcan, vendan o promocionen estos dispositivos, aunque el consumo y posesión personal no serán penalizados. La reforma también fortalece la atención sanitaria en México, ampliando las facultades de la Secretaría de Salud y regulando medicamentos y dispositivos médicos, además de promover políticas para proteger a grupos vulnerables.
* Resumen supervisado por periodistas.
La Cámara de Diputados de México ha aprobado las reformas de la Ley General de Salud por la cual se prohíbe "en todo el territorio nacional" la adquisición, producción, fabricación, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, distribución, venta y suministro de vapeadores, cigarrillos electrónicos y otros dispositivos, así como "todos los actos de publicidad o propaganda" para su consumo.
En este sentido, la ley establece sanciones de uno a ocho años de cárcel y multas de entre 11.314 pesos y 226.280 pesos (unos 621 dólares a 12.430 dólares) por la venta, producción, publicidad, almacenamiento y transporten estos dispositivos, según ha informado la 'Agencia EFE'.
La norma define a los cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros sistemas o dispositivos como una "gran amenaza a la salud pública". No obstante, como ha propuesto el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Movimiento Regeneración Nacional, quedará "jurídicamente blindado" que el consumo y la posesión para uso personal "no constituyen violación alguna". "Solamente aquellos que producen, consumen, comercializan y obtienen ganancias indebidas de ellos son los que van a ser sancionados", ha añadido.
Asimismo, la reforma "no busca sancionar a quien ya ha sido afectado por otros productos. A mí me preocupan los niños; imagínense ustedes, niños de ocho años, de nueve años, ya haciendo uso de este letal artículo de consumo, los vapeadores, porque sí es letal", ha apostillado Monreal.
La iniciativa también ha reconocido al "vapeo como una amenaza a la salud pública", lo que permitirá implementar políticas públicas para "disminuir la dependencia a su uso, proteger a grupos vulnerables, y asegurar el pleno respeto del principio de precaución en la gestión de riesgos sanitarios", ha apuntado el Legislativo en un comunicado.
Además de prohibir los vapeadores, la reforma también ha fortalecido la atención de la salud en México al ampliar las facultades de la Secretaría de Salud en la planificación de infraestructura, el abasto de medicamentos y la coordinación del Sistema Nacional de Salud.
Igualmente, refuerza la regulación de medicamentos y dispositivos médicos, define el Sistema Federal Sanitario, promueve la participación de la industria nacional y actualiza disposiciones sobre comités de bioética, bioseguridad, productos sanguíneos, células troncales y medicina regenerativa.
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